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El
Ministerio de Justicia nos remite las bases definitivas de las convocatorias de
los procesos selectivos de estabilización, derivados de la Ley 20/2021. Aún falta la distribución de plazas por ámbitos, a la espera de los datos definitivos de las CCAA. Os resumimos a continuación los aspectos principales de estas bases:
Concurso
oposición.- Mismo sistema
de la convocatoria de las OEP 2017 y 2018; con reserva
de nota de dicha convocatoria -tal como se pactó en el
Acuerdo suscrito por STAJ en marzo
de este año, junto con otras organizaciones sindicales-.
La
nota de corte queda establecida en el 50% de la máxima posible (en cumplimiento
de sentencia del Tribunal Supremo
reciente)
Se
permite que si en un determinado ámbito quedan plazas sin cubrir, se oferten
a aspirantes que habiendo pasado
a la fase de oposición no hayan superado el proceso selectivo, por orden de puntuación total
obtenida en el proceso. Como
hemos informado en anteriores notas informativas, esta posibilidad se va a incluir también
en la convocatoria del turno libre de la OEP de reposición acumulada
2020-2021-2022, respecto de la cual también
se incluirá como nota de corte el 50%. Se
han remitido nuevamente estas bases a Función pública
para la aprobación de estos cambios.
Concurso de méritos.- Finalmente, el Ministerio ha corregido su “sorprendente” postura inicial de fijar la experiencia en un 40% y con un tope de 10 años a un incremento del peso de la experiencia hasta el 60% del total en consonancia con la postura defendida por STAJ que siempre ha considerado que la experiencia debía ser el mérito con puntuación mayoritaria. Se reajusta el resto de méritos: 22% Ejercicios superados, 8% Historial Profesional y 10% Titulación académica. La nota mínima requerida es 15 puntos (sobre 100)
Se puntuará
con 0,20 el mes de experiencia en el cuerpo
al que se opta, 0,10 la experiencia en otros cuerpos
generales, LAJ, jueces o fiscales sustitutos, y 0,05 la experiencia como
personal laboral de la Administración de Justicia.
Por puntuación obtenida en ejercicios de las convocatorias tanto de turno libre como de promoción
interna, de los últimos
diez años, se establece una escala en función de la calificación obtenida,
similar a la del concurso-oposición, y que va de 5 a 9 puntos, con un máximo
de 22 puntos. Los ejercicios en cuerpo inferior
puntúan un 25% de dicha
escala, y en cuerpo superior
un 50%.
En el apartado de titulaciones, se incluyen expresamente además de las titulaciones de Derecho, las licenciaturas o grado de las ramas de Ciencias
del Trabajo, Ciencias
Políticas y de la Administración, Administración y Gestión Pública, Administración y Dirección de
Empresas o Criminología, y también la Diplomatura
en Relaciones Laborales y el Título de Graduado Social. En Auxilio, puntúa también
el bachiller o equivalente o título de grado medio o equivalente. El máximo en este apartado
es 10 puntos.
Por
último en el apartado Historial Profesional, el máximo son 8 puntos, 5,5 para
cursos jurídicos y 2,5 para cursos informáticos.
Puedes consultar los borradores en nuestros blogs y páginas
Webs
Promoción interna.- Respecto
a la petición realizada por STAJ de ofertar adicionalmente a la
Oferta de empleo de estabilización el equivalente al 30% del número de plazas ofertadas
dicha OEP, tal como establece el art. 490.2 LOPJ, el Ministerio dice que está vinculado al RD
que aprueba la oferta de empleo público para
la estabilización derivado
de la ley 20/2021 (pactado
en Mesa General
AGE), que no ha previsto
la existencia de plazas para su cobertura
por el sistema de promoción
interna, a diferencia de lo que ocurre con la OEP de reposición, que sí las incluye. Desde STAJ insistiremos en que deben convocarse porque así lo prevé el art.
490.2 LOPJ.
STAJ, 23-11-2022