STAJ presenta
demanda ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional interesando la
adopción de medidas cautelarísimas.
STAJ ha
presentado demanda ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional,
interesando la adopción de medidas cautelarísimas a fin de que por parte del
Ministerio proporcione a los funcionarios que prestan presencialmente los
servicios esenciales los equipos de protección individual, que están retenidos
para todo el Estado.
STAJ
entiende que la prioridad son los servicios sanitarios, pero también todos
aquellos servicios que deban prestarse de cara al público, como son los
servicios esenciales de la Administración de Justicia, especialmente guardias,
Registro civil, etc.
STAJ ha
insistido durante esta crisis ante el Ministerio y demás Comunidades Autónomas
con competencias en materia de personal, en la necesidad de reducir al mínimo
imprescindible la presencia de personal, limitándolo a los servicios de guardia
y a los decanatos (con una dotación mínima), y manteniendo al resto de personal
en condiciones de disponibilidad y completa localización para atender
puntualmente durante la jornada laboral cualquier actuación que sea preciso
realizar dentro de los servicios esenciales fijados por el CGPJ pues mantener
al personal en juzgados a la espera de que entre algo es absurdo, pues esa espera puede hacerse desde
el domicilio, acudiendo al juzgado para realizar la actuación concreta que deba
realizarse y por el tiempo indispensable.
Las circunstancias
extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin
precedentes y de enorme magnitud por el muy elevado número de ciudadanos
afectados.
Es evidente que los
funcionarios al servicio de la administración de justicia deben prestar sus
servicios en esta coyuntura, al tratarse la Tutela Judicial Efectiva de uno de
los Derechos más importantes en todo estado social y democrático de Derecho.
Ahora bien, deben hacerlo de
forma segura, lo que no se garantiza en la actualidad, siendo palmario el
peligro público que constituye la prestación del servicio sin medida alguna,
estando todos los integrantes de la oficina expuestos a dicho riesgo biológico,
pues de no tener los Equipos de Protección que interesamos, estos funcionarios
no sólo se ven expuestos a dicho riesgo por el tránsito de personas (detenidos,
partes, policías), sino que ellos también exponen a estos a los usuarios,
pudiendo ser un vehículo de contagio. De no desempeñarse estas funciones con un
mínimo de seguridad, no sólo se afecta de forma notoria a la salud de los
interesados, sino a toda la ciudadanía, pues el constante contacto con personas
que pueden estar enfermas, sin duda puede conllevar que estos funcionarios puedan
contagiarse y puedan transmitir la enfermedad a terceros, provocando la
propagación de la pandemia, que es precisamente lo que se ha querido evitar.
STAJ solicita a la Sala
Social que acuerde las siguientes medidas:
Ordenar al Ministerio que de forma inmediata, faciliten a los
integrantes de los órganos judiciales que deban realizar sus funciones, durante
la vigencia de la epidemia del Covid-19, los equipos individuales de
protección, mascarillas, guantes y geles, para su uso obligatorio durante la
prestación del servicio esencial.
Ordenar, asimismo
que, de forma inmediata, se proceda a evaluar individualizadamente los
riesgos que por sus circunstancias personales, los funcionarios al servicio de
la Administración de Justicia a los que ha ordenado desempeñar sus funciones,
asumen por ello. Y que se proceda, prioritariamente y entre otras:
-
A la limpieza diaria y exhaustiva de los edificios y mobiliario,
con desinfección de suelos, asideros, puertas, etc., en especial en zonas
comunes, aseos, ascensores, juzgado de guardia, registro civil, etc.
-
Instalación de alfombras impregnadas de
soluciones desinfectantes, en la entrada a los edificios.
-
Intensificación de la limpieza y
sustitución de filtros de los aparatos de ventilación, climatización o aire
acondicionado.
-
Aislamiento del personal contagiado, o que
presente síntomas confirmados o no, y de todo el personal que haya estado en
contacto con alguna persona contagiada o sospechosa de estarlo.
-
Desinfección inmediata del puesto de
trabajo e incluso del edificio donde se hayan detectado casos, con cierre
temporal de sedes mientras dure la desinfección
Madrid 26
marzo 2020