Publicación BOE nombramiento y adjudicación destinos
concurso de méritos TPA 2022
En
el BOE de hoy se publica la Orden PJC/103/2026, de 9 de febrero, por la que se nombra
personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, a las personas
que han superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
Así
mismo se publica la Resolución de 9 de febrero de 2026, del Departamento de Justicia y Calidad
Democrática, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno
libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
Los
funcionarios del cuerpo de tramitación procesal y administrativa destinados en
virtud de esta resolución deberán tomar posesión de su cargo ante el
responsable de la oficina judicial o fiscal de destino dentro del plazo de
veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de
esta resolución en el DOGC o contados a partir del día siguiente al de su
publicación en el BOE en caso de que la publicación de esta resolución no sea
simultánea en el BOE y en el DOGC, de acuerdo con lo que establecen el
artículo 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y el
artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los
funcionarios destinados de acuerdo con esta resolución que pertenezcan como
funcionarios titulares en el cuerpo de gestión procesal y administrativa o
auxilio judicial y opten por continuar en activo en alguno de estos cuerpos, no
es necesario que se desplacen al puesto de trabajo adjudicado para tomar
posesión; bastará con que, dentro del plazo de toma de posesión señalado en el
apartado segundo, comuniquen, a la Subdirección General de Recursos Humanos de
la Secretaría para la Administración de Justicia del Departamento de Justicia y
Calidad Democrática de la Generalitat de Catalunya, la opción mencionada, a los
efectos de declaración de la excedencia voluntaria prevista en el
artículo 506.d de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del poder judicial.
Desde
esta Subdirección General de Recursos Humanos, se deberá enviar al Registro
central de personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del
Personal de la Administración de Justicia una copia de la resolución por la que
se les declara en situación de excedencia voluntaria.
En
el caso de que los funcionarios de nuevo ingreso del cuerpo de tramitación
procesal y administrativa (turno libre) no quieran interrumpir su relación de
servicio con la Administración de justicia, dada la necesidad de disponer del
tiempo indispensable para tomar posesión, podrán solicitar a la gerencia o
servicio territorial correspondiente a su destino, como funcionario del cuerpo
de gestión procesal y administrativa o de auxilio judicial, un permiso
retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos días en caso
contrario, excepto aquellos que deban desplazarse a las islas Canarias, la
islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta
tres días para tomar posesión de su nuevo cargo, el cual se tendrá que
disfrutar, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. Estos tres días se
considerarán hábiles y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará
durante los días de permiso señalados.
Si
el funcionario procede del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o
comunidad autónoma qua haya recibido el traspaso de medios personales, se
deberá remitir esta documentación a dichos órganos para que puedan proceder a
conceder la excedencia de oficio en el cuerpo de gestión procesal y
administrativa o de auxilio judicial del destino en el que se le tendrá por
cesado automáticamente en la fecha anterior en que se produzca la toma de
posesión en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa, con el fin de
evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.
El
funcionario interino que actualmente ocupe plaza que ha sido adjudicada al
aspirante aprobado cesará el mismo día en que se produzca la toma de posesión
del titular, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Orden
JUS/141/2017, de 5 de julio, del Departamento de Justicia, por la que se
regula la selección, el nombramiento y el cese del personal interino de los
cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia en
Cataluña.
En
cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración pública (Ley 53/1984, de 26 de
diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de justicia,
en virtud del artículo 498 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1
de julio, del poder judicial, reformada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23
de diciembre, los aspirantes que ya sean funcionarios de carrera deben
manifestar su opción en el acto de toma de posesión.
Los
funcionarios del cuerpo de tramitación procesal y administrativa destinados en
virtud de esta resolución, a pesar de haber sido destinados con carácter
forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no pueden
participar en un concurso de traslado hasta que transcurran dos años desde la
fecha de esta resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo que
establece el párrafo segundo del artículo 529.3 de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.
Las
plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la Resolución JUS/4240/2025,
de 5 de noviembre (DOGC núm. 9547, de 21 de noviembre
de 2025, y BOE núm. 280, de 21 de noviembre de 2025), no
adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el cuerpo de tramitación
procesal y administrativa, turno libre, mantienen la condición de plazas
desiertas, sin perjuicio que puedan ser anunciadas como vacantes en un concurso
ordinario, si no hay oferta pública de empleo, o en el caso que la oferta
pública de empleo que corresponda no haga necesario el anuncio de todas las
desiertas existentes.
ADJUDICACIONES OTROS AMBITOS:
- ARAGÓN
- ASTURIAS
- CANARIAS
- CATALUÑA
- COMUNIDAD VALENCIANA
- COMUNIDAD DE MADRID
- LA RIOJA
- NAVARRA
- PAÍS VASCO
*Como
ya adelantamos, no se ha publicado la adjudicación de plazas en la
comunidad de Andalucía.
