Resolución de 19 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se efectúa la convocatoria de las bolsas de personal funcionario interino de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Auxilio Judicial y la del Cuerpo de Médicos Forenses al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.
La solicitud de inclusión en
las bolsas de trabajo, que será única para cada Cuerpo e irá dirigida a una
provincia exclusivamente, conforme al modelo establecido en el Anexo I de
la presente convocatoria, se podrá presentar en el plazo de 20 días hábiles a
partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, únicamente por vía telemática a
través de https://portalempleopublico.juntadeandalucia.es/vepa/cvdigital/faces/pages/public/login/solicitud/login.xhtml
En dicha solicitud las
personas solicitantes podrán solicitar las provincias de cuyas bolsas deseen
formar parte.
Cada solicitud de inclusión en
las bolsas de trabajo, en la que constará la autobaremación efectuada por cada
persona solicitante, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) DNI o consentimiento
expreso para su consulta y declaración responsable de cumplir los requisitos
establecidos en el artículo 4.2. a), b), c), e), f), g), h), i) y j) del
Decreto 207/2025, de 10 de diciembre.
b) Documento acreditativo de
la titulación exigida para el ingreso en cada Cuerpo, o del justificante de
haber abonado las tasas para su expedición, como requisito de acceso.
c) Documento acreditativo de
la condición de persona discapacitada, expedido por el organismo público
competente, o consentimiento expreso para su consulta, en aquellos supuestos en
los que la persona solicitante aspire a su inclusión en la bolsa por el cupo de
discapacidad.
d) Documento acreditativo de
haberse presentado a alguna convocatoria del Cuerpo de Médicos Forenses o de
haber superado ejercicios de las pruebas selectivas de los Cuerpos Generales al
servicio de la Administración de Justicia, ya sea a efectos de requisito de
acceso, o en su caso, como mérito baremable.
e) Documento acreditativo de
la experiencia adquirida que se alega, ya sea a efectos de requisito de acceso,
o en su caso, como mérito baremable.
f) Documento acreditativo de
las titulaciones académicas y títulos, diplomas y certificaciones de cursos que
se aleguen como mérito baremable.
En caso de falsedad o
manipulación de algún documento, decaerá el derecho a la participación en la
presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere
lugar. La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda
desprenderse la información que se pretende documentar.
Transcurrido el plazo de
presentación de solicitudes, no se admitirá documentación ni justificación de
méritos no alegados con la solicitud.
En el caso de que una misma
persona participante presentara más de una solicitud para cada Cuerpo, solo
surtirá efectos la última de las presentadas dentro del plazo de presentación
de solicitudes.
