Grupo
de Trabajo Carrera Profesional
Se ha celebrado nueva reunión de Grupo de
trabajo de carrera profesional, en la que se han ido fijando algunos aspectos
de la misma de cara a la elaboración de un borrador de Real Decreto, que el
Ministerio se compromete a traer a la próxima reunión.
Como premisa principal, y como ya informamos en
anteriores notas, la carrera se aplica a todos los Cuerpos de
funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Es un derecho del
funcionario, y la participación e inclusión en cada uno de los grados se hará
siempre a instancia de los interesados.
Como criterios fundamentales, la idea es que se
divida en cuatro grados, alcanzándose el grado máximo tras
veintitrés años de servicio. Está aún en discusión si el tiempo de
permanencia en cada grado será de 5 o 6 años. La opción que más baraja el
Ministerio es 5 años para el primer grado, 6 años en los siguientes hasta el
cuarto.
El Ministerio considera que el tiempo
de servicios que debe evaluarse es el prestado en la
Administración de Justicia, sin que sirva el tiempo en otras Administraciones.
Desde STAJ hemos pedido que se estudie la posibilidad de
valorarse los servicios en otras Administraciones, pero con menor valor que el
prestado en Justicia.
Se computará el tiempo de servicios en
activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares, por
víctimas de violencia de género o violencia terrorista.
El Ministerio, asimismo, manifiesta que debe
incluirse entre los criterios aplicables la evaluación del desempeño.
Algo que desde las organizaciones sindicales hemos mostrado nuestro desacuerdo,
manifestando la Administración que se va a aplicar en cualquier caso, estando
abierto a buscar fórmulas de evaluación flexibles o abiertas y con plenas
garantías para el personal, lo cual será objeto de una reunión monográfica.
Desde luego nos oponemos a que la evaluación se realice mediante un informe
subjetivo realizado por los superiores jerárquicos sin limitación alguna,
debiendo ser una evaluación reglada y con posibilidad de contradicción y en
todo caso revisable por la comisión de valoración de la carrera profesional que
habrá de constituirse.
También se tendrán en cuenta los conocimientos
adquiridos por el personal, quedando para posterior reunión la
determinación de qué tipo de formación o conocimientos pueden admitirse, pero
siempre de manera flexible y dinámica, y adaptable a los cambios que puedan
producirse que afecten a la Administración de Justicia con carácter general.
Del mismo modo, la acreditación como formador o como tutor, se valorará también
para la consolidación de los grados.
En cuanto al tiempo de servicios en otros
cuerpos para consolidar el grado en un cuerpo superior, el Ministerio entiende
que esto sólo sirve para cuando el acceso a ese cuerpo superior se haya
realizado por promoción interna. Desde STAJ consideramos
que debe valorarse el tiempo aunque se haya accedido por turno libre.
Para la consolidación de los grados, es preciso no
haber sido condenado con sanción firme y no cancelada. Hemos pedido que de
este requisito se elimine la sanción por falta leve.
El Ministerio nos remitirá el borrador de Real
Decreto la semana que viene, para discusión en la próxima reunión del grupo de
trabajo, que tendrá lugar el día 6 de noviembre