viernes, 28 de marzo de 2025

 

CONCURSO ESPECÍFICO CATALUÑA

En BOE de 28 de marzo se publica la Resolución de 26 de marzo de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados en las oficinas judiciales y oficinas generales del Registro Civil de Valls, Santa Coloma de Farners, Martorell, Vic, Sant Feliu de Llobregat, Rubí i Gavà.

 

De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, y dado que se trata de un proceso de acoplamiento, pueden participar en este concurso en exclusiva y por una sola vez los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa y del cuerpo de auxilio judicial que estén en situación de servicio activo con destino definitivo o con reserva de puesto de trabajo en los órganos judiciales de las localidades de Valls, Santa Coloma de Farners, Martorell, Vic, Sant Feliu de Llobregat, Rubí y Gavà.

 

No pueden participar en este concurso, al tratarse de un proceso de acoplamiento, los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia voluntaria sin reserva de puesto de trabajo, los suspendidos en firme, mientras dure la suspensión, y los sancionados con traslado forzoso para un destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, en tanto no hayan transcurrido uno o tres años si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente. Tampoco pueden participar los funcionarios destinados en la Fiscalía, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, juzgados de paz o juzgados de paz en agrupación de secretarías de los partidos judiciales donde se implementa la oficina judicial.

 

En cuanto al tiempo mínimo para participar en este concurso específico y de conformidad con lo que prevé el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no rige la limitación que establece el artículo 46.1.

 

El personal funcionario con discapacidad puede participar en el proceso en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

 

Perfil lingüístico.

Para participar en esta convocatoria es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana debidamente acreditados mediante la certificación de la Secretaría General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2, de acuerdo con lo que determina la relación de puestos de trabajo.

 

En caso de que las personas aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, la comisión de valoración debe evaluar, mediante una prueba, dichos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, antes de elaborar la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, al día siguiente del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, debe publicarse en la intranet de la Administración de justicia el día, la hora y el lugar de realización de la prueba de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

 

Requisito de participación. Los requisitos de participación deben cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base cuarta de esta convocatoria y debe mantenerse su cumplimiento hasta la toma de posesión en el puesto de trabajo adjudicado.

Solicitud

 

La solicitud para participar en este concurso debe formalizarse según el modelo que figura en el anexo 3 de esta convocatoria y presentarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el DOGC y en el BOE

 

De acuerdo con lo que establecen los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), la solicitud debe presentarse preferentemente mediante el registro telemático de este Departamento (  https://justicia.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica). En caso de que no sea posible, se puede presentar presencialmente en cualquiera de los centros indicados en la web del Departamento de Justicia y Calidad Democrática de la Generalitat de Catalunya

 

Los aspirantes deben consignar en la solicitud de participación el partido judicial de uno de los veinticinco puestos de trabajo que figuran en el anexo 2, siempre que reúnan los requisitos exigidos.

En la solicitud debe adjuntarse, en su caso, las fotocopias compulsadas de los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo que dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta resolución.

 

Con la solicitud debe adjuntarse también el anexo 4, de declaración de los méritos y las capacidades que se aleguen. Estos méritos y capacidades se tienen que acreditar documentalmente mediante las certificaciones, los títulos, los justificantes o cualquier otro medio documental, debidamente compulsados.

 

Los aspirantes a los que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tienen que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de discapacidades del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) para que la comisión de valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de convocatoria.

 

La Subdirección General de Recursos Humanos comprueba de oficio la antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta convocatoria.

 

Los méritos se valoran en referencia a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes que establece el punto 4.1 de esta convocatoria.

 

Las solicitudes tienen carácter vinculante para los concursantes y sólo se admiten renuncias a la participación en el concurso que se presenten durante el período de presentación de solicitudes.

 

Los participantes no pueden anular o modificar el contenido de su solicitud una vez finalizado el período de presentación.

 

Este concurso consta de dos fases que incluyen la totalidad de los méritos y las capacidades especificados en la base sexta de esta convocatoria. La propuesta de resolución recae en el candidato que tenga mejor valoración en el conjunto de ambas fases.

En caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirime en función de la puntuación más alta obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.

 

En la primera fase se valora la antigüedad y el conocimiento de catalán con un máximo de 72 puntos tal como se hace en los concursos de traslados genéricos.

 

En la segunda fase se comprueban y valoran las aptitudes concretas que garantizan la adecuación del aspirante de acuerdo con el contenido funcional del puesto a proveer descrito en el anexo 2 de estas bases de acuerdo con lo que establece la convocatoria. La puntuación máxima que se puede alcanzar es de 43 puntos