En el BOE de 20 de diciembre se publica el
nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los
aprobados de la promoción interna al cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa, convocada por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.
- Orden PJC/1353/2023, de 27 de noviembre por la que se
nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa,
a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado
por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, turno de promoción interna.
El plazo de
toma de posesión es de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del
día siguiente a la publicación en el BOE.
Para los
funcionarios que han obtenido destino en Cataluña el Departament de Justicia de
la Generalitat ha dictado dos notas sobre las tomas de posesión y sobre el
permiso retribuido que puedes consultar a continuación en los siguientes
enlaces:
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que opten por permanecer en el cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.
En el caso de
que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación P.A. y
quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial
correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Auxilio
Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de
localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que
hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo
caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se
consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará
durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso,
dentro del plazo posesorio.
En el caso de
que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia
Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios
personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que
procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el
Cuerpo de Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior
en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación P.A., al
objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.
PERMISO R.D. 364/95
El personal funcionario que opte
por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa, tendrá derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso
retribuido que establece la disposición adicional 5ª del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo; son tres días hábiles si el
destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo
comporta, del que se deducirían los días que se hubiesen solicitado
para evitar el vacío de continuidad (uno, dos o tres días).
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los
funcionarios del Cuerpo de Tramitación P.A. a los que se otorga destino en
virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados
para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran
dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se
estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los
funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas
a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la
toma de posesión del titular.
RESOLUCIONES ADJUDICANDO DESTINOS
Las
adjudicaciones de destinos de los distintos ámbitos territoriales son las
siguientes: