El Ministerio de Justicia pone fin al teletrabajo mediante una
Circular Informativa
CONSULTA LA HOJA INFOMRATIVA EN PDF
A través de Circular informativa de fecha 27 de octubre, la
Secretaría General para la innovación y calidad del servicio público de
Justicia ha decretado el fin de la modalidad del teletrabajo Ver circular
No se menciona una fecha concreta de aplicación de esta medida, si
bien hace referencia a la fecha del 4 de julio de 2023 que por Orden
SND/726/2023 se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por la COVID-19.
Concretamente, la razón esgrimida por el Ministerio para finalizar la
modalidad del teletrabajo es que, al desaparecer la situación de crisis
sanitaria del COVID-19, decaen todas aquellas normas (Orden JUS 504/2020
y D.T Segunda Ley 3/2020) que permiten implantar y aplicar la modalidad
del teletrabajo, en tanto no se apruebe su regulación específica en el ámbito
de la Administración de Justicia.
Hemos de señalar que el artículo 47 bis del Estatuto Básico Empleado
Público ya contempla la modalidad del teletrabajo, si bien establece que este
se realizará conforme a las normas por las que se desarrolle el propio
artículo; el propio Ministerio de Justicia argumenta que como no hay una
norma que desarrolla el propio artículo y la configuración legal que permitió
la implantación y realización del teletrabajo han decaído al desaparecer la
situación de crisis sanitaria, actualmente no hay nada que justifique el
teletrabajo.
Sin embargo el Ministerio no menciona en
ningún momento que STAJ y CCOO firmamos un Acuerdo con el Ministerio SOBRE EL
TELETRABAJO en marzo de 2021, precisamente para dar cumplimiento
al desarrollo reglamentario previsto en el art. 47 bis, de aplicación a los
cuerpos Generales, LAJs y cuerpos especiales, para consolidar el teletrabajo
como una modalidad normal de prestación de servicio y dar impulso al entorno
informático y tecnológico en la Administración de Justicia. Dicho acuerdo fue
aprobado por la Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial celebrada el
18 de marzo de 2021.
HOJA INFORMATIVA DE STAJ PUBLICADA EL 23 DE MARZO DE 2021 SOBRE
EL ACUERDO FIRMADO Y SU CONTENIDO
Ese Acuerdo aún está sin publicar en el Boletín Oficial del Estado,
puesto que es preceptivo que tanto el Consejo General del Poder Judicial como
el Consejo de Estado emitan sendos informes. El informe del Consejo
General del Poder Judicial se emitió en sentido favorable al Acuerdo.
Posteriormente, en otoño del 2021, se envió el Acuerdo al Consejo de Estado que
desde entonces tiene pendiente emitir informe.
El Departament de Justícia ha solicitado informe urgente a sus Servicios
jurídicos antes de adoptar una decisión sobre el mantenimiento o la
finalización del teletrabajo para el personal al servicio de la administración
de Justicia que gestiona. Desde STAJ trataremos por todos los medios de que se
mantenga a la vista de lo expuesto más arriba.
Hoy mismo STAJ exigirá al Ministerio de Justicia que cumpla con el Acuerdo firmado
en 2021 y que presione para que el Consejo de Estado informe cuanto antes el
Acuerdo y se apruebe la resolución que regule y garantice el teletrabajo a
nivel nacional en la Administración de Justicia, como sucede en el resto de
administraciones públicas.