viernes, 30 de diciembre de 2022

 

PUBLICACIÓN EN BOE DEL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN A QUE SE REFIERE EL ART. 2 DE LA LEY 20/2021, QUE SE DESARROLLARÁ POR EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO OPOSICIÓN

En BOE de 30 de diciembre de 2022 se ha publicado la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.

El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición, conforme se describe para cada cuerpo en los anexos II, III y IV. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en los anexos II.a), III.a) y IV.a) de esta convocatoria.

A las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les aplicará el baremo de méritos de la fase de concurso que se especifican en los anexos II.b), III.b) y IV.b) de esta convocatoria.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.

En el siguiente enlace podéis consultar un esquema resumen de los méritos baremables con los límites que se han fijado para cada uno.

CUADRO VALORACIÓN CONCURSO DE MERITOS Y PLAZAS CONVOCADAS POR ÁMBITOS TERRITORIALES

Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre, por el sistema de concurso-oposición, 242 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 370 plazas en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y 384 plazas en el Cuerpo de Auxilio Judicial, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Del total de las plazas convocadas se reservarán 16 plazas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 25 plazas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y 26 plazas del Cuerpo de Auxilio Judicial, con la distribución territorial reflejada en el anexo I, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo por el que se presenten y superen las pruebas selectivas.

Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las del cupo general de esta convocatoria.

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública (modelo 790- Código 007 en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es), en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Las Comunidades Autónomas que oferten plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a este formulario. 

La presentación de la solicitud electrónica se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

La presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos - Pruebas Selectivas del punto de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.

Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa de la reducción o exención.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y en el anexo VI de esta convocatoria.

EN EL SIGUIENTE ENLACE PODÉIS CONSULTAR UN ESQUEMA RESUMEN DE LAS INSTRUCCIONES:

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA INSTANCIADEL CONCURSO OPOSICIÓN


Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del organismo convocante, se indicarán la página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días naturales para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión. Examinadas y resueltas las alegaciones se dictará nueva resolución. El lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así como la aprobación de la relación definitiva de admitidos y excluidos, con indicación de los lugares donde se encuentra expuesta, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado» y, en su caso, en los diarios oficiales de las comunidades autónomas con competencias asumidas.

Las relaciones de personas aspirantes, tanto admitidas como excluidas, se ordenarán alfabéticamente por el primer apellido, atendiendo a las reglas ortográficas establecidas por la Real Academia Española.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes, ni en caso de inasistencia al ejercicio.

Duración del proceso selectivo. El primer ejercicio se realizará dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el «Boletín Oficial del Estado». La fase de oposición tendrá una duración máxima de tres meses desde la realización del primer ejercicio, salvo que concurra causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal Calificador Único.

El proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021.

La ejecución de este proceso selectivo es compatible con la ejecución simultánea del proceso extraordinario de consolidación también previsto en la Ley 20/2021 que debe ejecutarse exclusivamente por el sistema del concurso de méritos, así como con otros procesos selectivos ordinarios de reposición, por el turno libre o por promoción interna, que pudieran estar desarrollándose. La persona aspirante que haya concurrido por diversos procesos, de superar alguno de ellos y ser nombrada funcionaria o funcionario de carrera, quedará automáticamente excluida de los otros procesos pendientes aún de finalización, siempre que se trate del mismo cuerpo y con independencia del ámbito territorial por el que haya concurrido.

Fase de oposición. Los ejercicios de la oposición, que se detallan en los anexos II.a) para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa), III.a) para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y IV.a) para el Cuerpo de Auxilio Judicial, tendrán lugar, para cada uno de los Cuerpos, el mismo día y a la misma hora en todas las sedes de examen publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» la fecha, hora y lugares de su celebración.

El desarrollo de cada uno de estos procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases o ejercicios con el desarrollo de los otros.

Finalizado el ejercicio de la oposición, el Tribunal Calificador único hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y páginas web de las Comunidades Autónomas, las relaciones de opositores y opositoras de cada ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido que se haya considerado para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptas, quedando eliminadas del proceso selectivo.

No obstante, el Tribunal Calificador único también publicará separadamente los listados anonimizados de las personas aspirantes consideradas «no aptas», con su calificación correspondiente.

Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición con la publicación en la página web del Ministerio de Justicia de las relaciones de personas aprobadas, dará comienzo la fase de concurso en la que se valorarán los méritos que se detallan en el baremo contenido en los anexos II, III y IV.b) de esta convocatoria. Se valorarán los méritos alegados y poseídos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el mismo acuerdo de publicación de las relaciones de personas aprobadas, se establecerá un plazo no superior a diez días naturales para presentar en el registro o dirección electrónica que se indique la documentación acreditativa, en original o copia auténtica, únicamente de los méritos indicados en los epígrafes B y C del baremo contenido en el anexo I-B de la presente orden. Los opositores y opositoras que concurren por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos aportarán en este mismo momento las certificaciones acreditativas de los conocimientos correspondientes.

La comprobación de los méritos alegados de los apartados A, C y D se hará de oficio. No obstante, el mérito experiencia como personal interino, si se ha obtenido en más de un ámbito territorial o en uno distinto a aquel en el que se presenta deberá ser acreditado por la persona aspirante, dado que la gestión de este personal corresponde a las Comunidades Autónomas con competencias en materia de personal transferidas y al Ministerio de Justicia, a través de sus Gerencias, en las Comunidades Autónomas sin estas competencias transferidas y en los órganos centrales.

Aquellas personas opositoras que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento para que el órgano gestor del proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones académicas, deberán también aportar éstas, de entre las valoradas en el apartado A del baremo citado.

El Tribunal Calificador Único y los Tribunales Delegados valorarán los méritos acreditados, y el Tribunal Calificador Único publicará en la página web del Ministerio de Justicia la relación de personas aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de personas que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada una de las fases en el proceso selectivo y la puntuación total.

Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera en este proceso.

No obstante, si en alguno de los ámbitos territoriales no se hubiesen cubierto todas las plazas ofertadas, el Ministerio de Justicia, coordinadamente con el Tribunal Calificador Único, procederá a ofertar tales plazas vacantes, por ese o esos concretos ámbitos, a aspirantes de otros ámbitos que, no habiendo superado el proceso selectivo pero sí los ejercicios de la oposición y hayan sido baremados sus méritos, tengan la mayor puntuación. Así se ordenarán estas personas aspirantes de mayor a menor puntación procediendo a ofertarles las plazas vacantes, pudiendo optar estas personas por las de uno u otros ámbitos territoriales, si es que existen vacantes en más de un territorio, aunque deberá ejercitarse dentro del mismo turno –general o personas con discapacidad– por el que se haya presentado, sin perjuicio del derecho reconocido a las personas con discapacidad en la base 7.6.

En estos casos, la persona aspirante que supere el proceso selectivo por esta vía, ocupará el puesto inmediatamente posterior a la última de las personas aprobadas por el ámbito al que se ha incorporado, procedente desde aquel otro en el que no había superado el proceso dado lo limitado de las plazas.

Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia (C/ Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación exigida en la Base 8.

Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, reúnen los requisitos de la base cuarta de la presente convocatoria serán nombradas personal funcionario de carrera, mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas competentes.

Dado el carácter nacional de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial para el nombramiento como personal funcionario de carrera, se confeccionarán, para cada Cuerpo, dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en valoración del conocimiento de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas, y en su caso la correspondiente al Derecho Civil Vasco, en aquellos territorios en los que hayan sido objeto de valoración.