PUBLICACIÓN EN BOE DEL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN A QUE SE REFIEREN LAS DISPOSICIONES FINALES 6ª Y 8ª DE LA LEY 20/2021, QUE SE DESARROLLARÁ EXCLUSIVAMENTE POR EL SISTEMA SELECTIVO DE CONCURSO
En BOE de 27 de diciembre de 2022 se ha publicado la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
El proceso selectivo
tendrá lugar exclusivamente por el sistema de concurso, conforme se describe para cada
cuerpo en los anexos II, III y IV. A las personas aspirantes se les aplicará el
baremo de méritos que figura en los referidos anexos de esta convocatoria.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada uno de los distintos méritos objeto de baremación, con los límites que para cada uno se han fijado, debiendo alcanzarse, al menos una puntuación de 15 puntos, sobre un máximo posible de 100 puntos.
En el siguiente enlace podéis consultar un esquema resumen de los méritos baremables con los límites que se han fijado para cada uno.
CUADRO VALORACIÓN CONCURSO DE MERITOS Y PLAZAS CONVOCADAS POR ÁMBITOS TERRITORIALES
Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública (modelo 790- Código 007 en cuya parte superior figura «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es), en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Las Comunidades Autónomas que oferten plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a este formulario.
La presentación de la solicitud electrónica se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
La
presentación y el pago de la correspondiente tasa se realizarán por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos - Pruebas Selectivas
del punto de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se
puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia,
www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo
público) https://administración.gob.es/PAG/ips de acuerdo con las instrucciones que se indican.
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, adjuntarán en formato electrónico la documentación acreditativa de la reducción o exención.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y en el anexo VI de esta convocatoria.
EN EL SIGUIENTE ENLACE PODÉIS CONSULTAR UN ESQUEMA RESUMEN DE LAS INSTRUCCIONES:
INSTRUCCIONES
PARA CUMPLIMENTAR LA INSTANCIA DEL CONCURSO DE MÉRITOS
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de personas
admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el
«Boletín Oficial del Estado» y en la
página web del organismo convocante, se indicarán la página web y los lugares
en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez
días naturales para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.
Examinadas y resueltas las alegaciones se dictará nueva resolución, en la que se hará pública la relación definitiva de
admitidos y excluidos, con indicación de los
lugares donde se encuentran expuestas, publicándose en el «Boletín
Oficial del Estado» y, en su caso, en los diarios
oficiales de las comunidades autónomas con competencias
asumidas.
Una vez hecha
pública la lista definitiva de admitidos y excluidos, en los tres meses
siguientes, se abrirá el plazo para
que las personas admitidas puedan alegar y, en su caso, presentar sus méritos.
La duración de la fase de concurso
vendrá determinada por la concurrencia de aspirantes y el tiempo necesario por los Tribunales Calificadores para la
baremación de méritos. En todo caso,
el proceso selectivo deberá finalizar
antes del 31 de diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021.
La ejecución de este proceso
selectivo es compatible con la ejecución
simultánea del proceso
extraordinario de consolidación también previsto en la Ley 20/2021 que
debe ejecutarse por el sistema de concurso-oposición, así como con otros procesos
selectivos ordinarios de reposición, por el turno libre o por promoción interna, que pudieran
estar desarrollándose. La persona aspirante que haya concurrido por diversos procesos, de superar alguno
de ellos y ser nombrada funcionaria o funcionario de carrera, quedará automáticamente excluida de los
otros procesos pendientes aún de finalización, siempre que se trate
del mismo cuerpo
y con independencia del
ámbito territorial por el que haya concurrido.
Fase
de concurso. Tras la publicación de las listas definitivas de aspirantes
admitidos y excluidos, y constituidos los Tribunales Calificadores, se dictará resolución otorgando a las personas aspirantes admitidas, el plazo de veinte días naturales para presentar o
alegar en el registro o dirección electrónica
que se indique la documentación acreditativa, en original o copia
auténtica, únicamente de los méritos indicados
en el epígrafe B del baremo contenido en el anexo II, III y IV respectivamente,
según el Cuerpo, de la presente
Orden. Los opositores y opositoras que concurren por Comunidades Autónomas con ejercicios optativos aportarán en este mismo momento las certificaciones acreditativas de los conocimientos idiomas o derecho
propios correspondientes.
La comprobación de los méritos
alegados de los apartados A, C y D se hará de oficio. No obstante, el mérito experiencia como personal interino,
si se ha obtenido en más de un ámbito territorial o en uno distinto
a aquel en el que se presenta
deberá ser acreditado por la persona
aspirante, dado que la gestión
de este personal corresponde a las Comunidades Autónomas con
competencias en materia de personal transferidas y al Ministerio de Justicia, a través de sus Gerencias, en las Comunidades Autónomas sin estas competencias transferidas y en los órganos centrales.
El Tribunal
Calificador Único publicará en la página web del Ministerio de Justicia la
relación de personas aspirantes con la valoración provisional de méritos de la
fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y
la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a
partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las
alegaciones el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de
la fase de concurso.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal elevará
al Ministerio de Justicia propuesta con la relación
de personas que superan el proceso selectivo, en cada ámbito
territorial, cuyo número no podrá exceder el de
plazas convocadas, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los
diarios oficiales de las Comunidades
Autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número de orden,
apellidos y nombre, DNI, puntuación final obtenida en la fase de concurso de méritos.
Las personas aspirantes que no se
hallen incluidas en dicha relación, se entenderá que no han superado el proceso
selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario de carrera en este proceso.
No obstante, si en alguno de los
ámbitos territoriales no se hubiesen cubierto todas las plazas ofertadas, el Ministerio de Justicia,
coordinadamente con el Tribunal Calificador Único, procederá a ofertar tales plazas vacantes, por ese o esos concretos
ámbitos, a aspirantes de otros ámbitos que, no habiendo superado el proceso selectivo hayan sido baremados sus méritos,
tengan la mayor puntuación. Así se ordenarán
estas personas aspirantes de mayor a menor puntación procediendo a ofertarles
las plazas vacantes, pudiendo optar
estas personas por las de uno u otros ámbitos territoriales, si es que existen vacantes en más de un territorio.
En estos casos, la persona aspirante
que supere el proceso selectivo por esta vía, ocupará el puesto inmediatamente posterior a la última de
las personas aprobadas por el ámbito al que se ha incorporado, procedente desde aquel otro en el que
no había superado el proceso
dado lo limitado de las plazas.
Quienes
figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de diez
días hábiles contados a partir de la
publicación de ésta en el «Boletín Oficial del Estado» y Diarios Oficiales de
las Comunidades Autónomas donde se
convocan plazas, presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia (C/ Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo
16 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
dirigidos a la Unidad
EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos la documentación exigida en la Base 8.
Comprobado que las
personas aspirantes, cuyo número no podrá superar
al de plazas convocadas en cada ámbito territorial, reúnen los requisitos
de la base cuarta de la presente convocatoria serán nombradas personal
funcionario de carrera,
mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el «Boletín Oficial
del Estado» y en los diarios
oficiales de las Comunidades
Autónomas competentes.
Dado el carácter nacional de los
Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial
para el nombramiento como personal
funcionario de carrera,
se confeccionarán, para cada
Cuerpo, dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes
y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en valoración del conocimiento de la lengua
oficial propia de las Comunidades Autónomas, y en su caso la
correspondiente al Derecho Civil Vasco, en aquellos territorios en los que hayan sido objeto de valoración.