JUSTIFICACIÓN
DE MOVILIDAD PARA EL EXAMEN DE AUXILIO JUDICIAL
En la página Web
Ministerio deJ usticia acaban de publicar la siguiente nota:
Nota sobre los desplazamientos del día 17 de abril para la realización de los ejercicios de oposición del Cuerpo de Auxilio Judicial
Las causas que pueden justificar los viajes a otras zonas del país están recogidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el segundo -y vigente- estado de alarma. Según el texto publicado, se pueden realizar desplazamientos, entre otras razones, para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
Si alguna autoridad requiere la justificación del desplazamiento entre
zonas de movilidad restringida, se considera suficiente la presentación de
la publicación de la fecha del examen en el BOE y la inclusión del interesado
en las listas de admitidos (Orden JUS/263/2021, de 16 de marzo, por la que
se aprueba la relación de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y
lugar de celebración del primer y segundo ejercicios del proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio
Judicial de la Administración de Justicia)
Cualquier otro justificante (necesidad de acompañante por motivos médicos, por ejemplo) no puede ser emitido desde el órgano convocante, por carecer de competencia en la motivación de los desplazamientos de personas no incluidas en dichos listados.