STAJ informa. Lagunas cotización Seguridad Social. Solicitud certificación servicios efectivos.
Tal
como adelantamos hace unos días (ver información AQUÍ), el Ministerio nos ha
remitido la instrucción que regula en el ámbito de competencias y
actuación del Ministerio de Justicia la tramitación y expedición, a petición
del interesado, de certificados personales por servicios efectivamente
prestados en el ámbito de la Administración de Justicia, por el personal
funcionario o laboral, dentro de los cuales haya períodos en los que no exista
constancia de su cotización a la Seguridad Social, a los fines establecidos por
la disposición adicional centésima quincuagésima octava de la Ley 10/2020, de
30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
Como
decimos, las instrucciones son aplicables exclusivamente para su ámbito de
competencias, aclarando el Ministerio que no procederá a certificar los
siguientes servicios prestados, por no corresponder a su ámbito de competencia
o actuación:
a.
Como Juez sustituto o Magistrado suplente.
b.
Como funcionario o personal laboral, en los órganos y oficinas judiciales o del
Ministerio Fiscal, en el territorio de las Comunidades Autónomas cuyos medios
personales de la Administración de Justicia se encontraban transferidos en el
momento de la prestación de servicios para los que no existe constancia de
cotización.
En
los casos a los que se refieren las letras a y b anteriores, la expedición de la
certificación podrá solicitarse conforme a las instrucciones y procedimientos
que en su caso hayan dictado, respectivamente, el Consejo General del
Poder Judicial y la Consejería de Justicia de la Comunidad Autónoma
correspondiente. Desde STAJ ya nos hemos dirigido a las CCAA con competencias
para que emitan sus correspondientes instrucciones y modelo de solicitud, que
debe ser similar al recogido en la Instrucción del Ministerio.
Igualmente la Instrucción no es de aplicación a
quiénes se encuentren en el ámbito de aplicación del Régimen de Clases Pasivas. En este caso, y tal
como hemos manifestado desde STAJ
en reiteradas ocasiones, los períodos trabajados en la Administración de
Justicia en cualquier carrera, cuerpo o categoría, como personal funcionario o
laboral, para los cuales, en su caso, no existe constancia de cotización a la
Seguridad Social, no afectan al reconocimiento y cálculo de la correspondiente
prestación económica de Clases Pasivas, pues la misma se determina en base a
los servicios efectivamente prestados, independientemente de que concurran
períodos en los que no se haya acreditado la cotización.
Os
recordamos también que con carácter general esta certificación no es
necesario pedirla ahora, pues lo conveniente es solicitarla en el momento en
que se acerque la fecha de la jubilación, para así tener los datos lo más
actualizados posible (por si se produjera alguna otra laguna de cotización
desde ahora y antes de la fecha de la jubilación)
Puedes
acceder a la instrucción y a los modelos de solicitud para el ámbito Ministerio
en el siguiente enlace.
INSTRUCCIÓN
Y MODELOS SOLICITUD CERTIFICACION SERVICIOS EFECTIVOS A EFECTOS COTIZACIÓN SS