viernes, 8 de enero de 2021


Publicación en BOE del Nombramiento y Adjudicación de destinos Gestión promoción interna

En el BOE de 8 de enero se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la promoción interna del cuerpo de Gestión Procesal, convocada en 2019.

  • Orden JUS/1310/2020, de 22 de diciembre, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

TOMA DE POSESIÓN

 

Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. 

PERMISO RETRIBUIDO ANTES DE TOMAR POSESIÓN

 

Al ser funcionarios de carrera en el Cuerpo de Tramitación Procesal y para impedir que se produzca vacíos en la continuidad de servicios en la Administración de Justicia, (dentro de los 20 días hábiles establecidos para la toma de posesión) se dispondrá de un PERMISO RETRIBUIDO, que deberá ser solicitado en la Gerencia Territorial de origen, de: 

-       1 DIA si se toma posesión en la misma localidad en la que está destinado

-       2 DÍAS si se trata de localidad distinta de la que está destinado

-       3 DÍAS si se han de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla. 

 

Si el funcionario procede del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o comunidad autónoma que haya recibido el traspaso de medios personales, se deberá remitir esta documentación a dichos órganos para que puedan proceder a conceder la excedencia de oficio en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa del destino en el que se le tendrá por cesado automáticamente en la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, con el fin de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.


UNA VEZ TOMADA POSESIÓN: 

 

Según lo establecido en la Disposición 5ª del RD 364/1995 de 10 de marzo, a partir de la toma de posesión, se dispone de un permiso RETRIBUIDO, que deberá ser solicitado en la Gerencia de destino, de:

-       3 DÍAS si la toma de posesión NO IMPLICA cambio de lugar de residencia

1 MES si la toma de posesión IMPLICA cambio de lugar de residencia

De este permiso SE DEDUCIRÁN los días contemplados en el primer permiso.

Las Gerencias o CCAA donde haya tomado posesión serán las encargadas de comunicar al destino anterior la toma de posesión para que se pase a la situación de EXCEDENCIA en el cuerpo inferior.

LOS QUE OPTEN POR CONTINUAR EN ACTIVO EN EL CUERPO DE ORIGEN

Los funcionarios destinados de acuerdo con esta Resolución que opten por continuar en activo en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa no es necesario que se desplacen al puesto de trabajo adjudicado para tomar posesión; bastará con que, dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado segundo, comuniquen al Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, concretamente a la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, la opción mencionada, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria que prevé el artículo 506.d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial. Se deberá enviar al registro central de personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia una copia de la resolución por la que se les declara en situación de excedencia voluntaria.

Con la finalidad de planificar la oferta de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por permanecer en activo en el cuerpo de procedencia deberán comunicar, mediante el formulario que se publica como anexo 2 de esta Resolución, su intención de acogerse a dicha opción, a través del correo electrónico seleccioprovisio.aj.justicia@gencat.cat  en el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación de destino en el BOE y en el DOGC.

 

FUNCIONARIOS INTERINOS:

 

El funcionario interino que actualmente ocupe plaza que ha sido adjudicada al aspirante aprobado cesará el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Orden JUS/141/2017, de 5 de julio, del Departamento de Justicia, por la que se regula la selección, el nombramiento y el cese del personal interino de los cuerpos funcionarios al servicio de la Administración de justicia en Cataluña.

 

PLAZAS NO ADJUDICADAS:

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la Resolución JUS/3006/2020, de 17 de noviembre (DOGC núm. 8282, de 27 de noviembre de 2020, y BOE núm. 311, de 27 de noviembre de 2020), no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, turno de promoción interna, mantienen la condición de plazas desiertas y reservadas para los aspirantes que ingresen en el cuerpo de gestión procesal y administrativa por el turno libre.

Igualmente, las plazas no ocupadas por los aspirantes del turno de promoción interna, dado que optan por permanecer en el cuerpo de procedencia, se acumularán a las plazas indicadas en el párrafo anterior.

COMUNIDADES TRANSFERIDAS

 

Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas son las siguientes: 

*No se ha publicado en el BOE de hoy la adjudicación de destinos de los aprobados por la comunidad de Madrid.