En el BOE de hoy miércoles, 18 de
noviembre, se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la
adjudicación de destinos a los aprobados de la promoción interna del cuerpo de
Tramitación Procesal, convocada en 2019.
- Orden
JUS/1068/2020, de 5 de noviembre, por la que se nombran
funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa a los
aspirantes que superaron el proceso selectivo, convocado por Orden
JUS/404/2019, de 21 de marzo..
- Resolución
de 5 de noviembre de 2020, del Departamento de Justicia, por la que
se otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción
interna, que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden
JUS/404/2019, de 21 de marzo.
TOMA DE POSESIÓN:
Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a
partir del día siguiente a la publicación en el BOE.
PERMISO RETRIBUIDO ANTES DE TOMAR POSESIÓN:
Al ser funcionarios de carrera en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y para impedir que se produzca vacíos en la continuidad de servicios
en la Administración de Justicia, (dentro de los 20 días hábiles establecidos
para la toma de posesión) se dispondrá de un PERMISO RETRIBUIDO, que deberá ser
solicitado en la Gerencia Territorial de origen, de:
-1 DIA si se toma posesión en la misma localidad en la que está
destinado.
-2 DÍAS si se trata de localidad distinta de la que está destinado.
-3 DÍAS si se han de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o
Melilla.
UNA VEZ TOMADA POSESIÓN:
Según lo establecido en la
Disposición 5ª del RD 364/1995 de 10 de marzo, a
partir de la toma de posesión, se dispone de un permiso RETRIBUIDO, que deberá
ser solicitado en la Gerencia de destino, de:
-3 DÍAS si la toma de posesión NO IMPLICA cambio de lugar de residencia
-1 MES si la toma de posesión IMPLICA cambio de lugar de residencia
De este permiso SE DEDUCIRÁN los días contemplados en el primer permiso.
Las Gerencias o CCAA donde haya tomado posesión será la encargada de comunicar
al destino anterior la toma de posesión para que se pase a la situación de
EXCEDENCIA en el cuerpo inferior.
LOS QUE OPTEN POR CONTINUAR EN ACTIVO EN EL CUERPO DE ORIGEN
Los funcionarios destinados de acuerdo
con esta Resolución que opten por continuar en activo en el cuerpo de auxilio
judicial no es necesario que se desplacen al puesto de trabajo
adjudicado para tomar posesión; bastará con que, dentro del plazo de toma de
posesión señalado en el apartado segundo, comuniquen al Departamento de
Justicia de la Generalidad de Cataluña, concretamente a la Subdirección General
de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría de Relaciones con la
Administración de Justicia, la opción mencionada, a los efectos de declaración
de excedencia voluntaria que prevé el artículo 506.d) de la Ley orgánica
6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.
Se deberá enviar al registro central de
personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración
de Justicia una copia de la resolución por la que se les declara en situación
de excedencia voluntaria.
Con la finalidad de planificar la oferta
de plazas de los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes
del turno de promoción interna que opten por permanecer en activo en el cuerpo
de procedencia deberán comunicar, mediante el formulario que se publica como
anexo 2 de esta Resolución, su intención de acogerse a dicha opción, a través
del correo electrónico seleccioprovisio.aj.justicia@gencat.cat
en el plazo de 5 días hábiles a contar
desde el día siguiente a la publicación de la adjudicación de destino en el BOE
y en el DOGC.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se
produzca la toma de posesión del titular.
PLAZAS NO ADJUDICADAS:
Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante
la Orden
JUS/856/2020, de 14 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de
18 de septiembre), no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno de promoción interna,
mantienen su condición de desiertas y reservadas para los aspirantes a
ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa del turno libre.
Así mismo, aquellas plazas no ocupadas por los aspirantes del turno de
promoción interna, al optar por quedarse en el cuerpo de procedencia, se acumularán
a las plazas indicadas en el párrafo anterior.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades
autónomas con las competencia transferidas son las siguientes: