sábado, 28 de marzo de 2020


ACTUALIDAD COVID-19 
28 DE MARZO DE 2020

JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIAS Y REGISTROS CIVILES

NOTA ACLARATORIA DEPARTAMENT JUSTICIA SOBRE JUSTIFICACIÓN DE AUSENCIAS, CIRCUITO DE VALIDACIÓN Y CAUSAS EXENTAS

Os remitimos información sobre la nota aclaratoria que publicará el Departament de Justicia en ATRI, en relación a las justificación de ausencia durante el estado de alarma y para dar respuesta a algunas consultas planteadas por los funcionarios de la Administración de Justicia. Según nos indica:

·       Se ha actualizado y completado la nota informativa inicial que se publicó en INTRANET el día 25 de marzo.

·       Se introduce el circuito de validación de ATRI: se solicita directamente a la Gerencia o servicio territorial correspondiente que será el validador. Se facilita el nombre del Director o Gerente de cada ámbito territorial donde habrá que dirigir el permiso para su validación.

·       Se establecen unos criterios y requisitos básicos de justificación y acreditación del deber inexcusable por hijos y personas dependientes que deberán presentar quienes hayan solicitado este permiso.

·       Se resuelven algunos aspectos prácticos sobre la solicitud y tramitación de este permiso que algunos funcionarios han consultado.

·       Por último se indica la "bústia" de correo electrónico de cada Gerencia y Servicio Territorial a la cual habrá que remitir la documentación justificativa.  Esta documentación justificativa se enviará cuando se disponga de la mismaLa solicitud del permiso en ATRI tiene la consideración de declaración jurada por lo tanto la justificación puede remitirse con posterioridad.


REGISTRO CIVIL: PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA COBERTURA DE LOS SERVICIOS ESENCIALES   RELATIVOS A LA EXPEDICIÓN DE LICENCIAS DE ENTERRAMIENTO

         El Ministro de Justicia ha aprobado con fecha 27 de marzo este Protocolo para dar cobertura a la necesidad de inscripción y autorización de los enterramientos en horario de tarde en virtud de lo decretado mientras dure el estado de alarma.
Dicho Protocolo recoge parte de las propuestas realizadas por los sindicatos que permiten en la mayoría de los casos que los funcionarios de Registro Civil no tengan que trabajar en horario de tarde tal como parecía que iba a suceder tras la publicación días antes de la Orden del Ministerio de Sanidad.

Se posibilita que tanto la Solicitud como la Inscripción y Expedición de la licencia, puedan hacerse de forma telemática, de modo que la prestación del servicio podrá hacerse en régimen de disponibilidad.

Aunque no se recogen todas las aportaciones realizadas por los sindicatos al documento el día anterior, sí que se recoge que en horario de tarde y durante los fines de semana, las Licencias podrán expedirse por el Juzgado de Guardia -excepto donde haya más de 1 Registro Civil exclusivo-, para la posterior inscripción de la defunción en el Registro Civil correspondiente. 
Este aspecto permite que la asistencia del personal del R. Civil durante ese horario no sea necesaria en la mayoría de los casos, y es especialmente importante para los Juzgados de Paz dadas las dificultades que estos tendrían si no fuera así debido a la mínima dotación de personal con la que cuentan.

Junto al Protocolo,  que se empezará a aplicar a partir del próximo lunes 30 de marzo, se publican los modelos necesarios así como el listado de correos electrónicos.