MUGEJU: ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO
Conviene recordar, ahora que se acercan
las vacaciones, la cobertura sanitaria que tenemos cuando salimos al
extranjero. Por un lado tenemos la tarjeta sanitaria europea (TSE),
cuya cobertura se extiende tanto a funcionarios titulares como funcionarios
interinos, y por otro lado tenemos la póliza contratada por
MUGEJU con la compañía de seguros CASER, cuya cobertura se extiende
sólo a los funcionarios titulares.
- Tarjeta Sanitaria Europea:
Para los desplazamientos temporales en la
Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo y Suiza, los funcionarios
encuadrados en MUGEJU, y los funcionarios encuadrados en el Régimen General de
la Seguridad Social, disponemos de la TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE) que
acredita el derecho a recibir prestaciones sanitarias en idénticas condiciones
que los residentes del país de destino, a través de su Sistema de Sanidad
Público.
Los mutualistas deberán solicitar la TSE,
preferentemente en las delegaciones provinciales o en los servicios centrales,
mediante la cumplimentación del impreso al efecto. Los mutualistas recibirán la
TSE en su domicilio en un plazo aproximado de diez días. El período de validez
de la TSE es de dos años.
Si el viaje es inminente y no se puede
esperar a la obtención de una TSE, el mutualista debe dirigirse a la delegación
provincial de MUGEJU y solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS).
Para su solicitud no es necesaria la cumplimentación de impreso, siendo
suficiente con que el mutualista se identifique en la delegación provincial.
Asimismo, el titular puede solicitar el CPS para sus beneficiarios
A todos los efectos el CPS es una TSE con
un formato distinto, produciendo los mismos efectos y utilidades.
El período de validez del CPS es de 90
días, siendo por lo tanto documento suficiente para desplazamientos
cortos.
Cuando el sistema de Sanidad Pública del
país en el que se haga uso de la TSE, esté sometido a algún tipo de
financiación parcial por parte del usuario (Copago), se podrá solicitar su
reintegro a la compañía CASER.
- Cobertura sanitaria de CASER:
Cuando el desplazamiento se realice a
países fuera de la validez de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), y se requiera
asistencia sanitaria, disponemos de compañía de seguros CASER para la
asistencia sanitaria. En este caso la cobertura sólo se da a los funcionarios
encuadrados en MUGEJU.
La asistencia sanitaria a mutualistas (y
sus beneficiarios) de MUGEJU en desplazamientos temporales al extranjero por un
periodo inferior o igual a 120 días durante el año 2019 (del 1 de enero al 31
de diciembre), se prestará en la forma y condiciones establecidas en el contrato
suscrito con la compañía -CASER-. Las condiciones se pueden consultar en la
página de MUGEJU, (en el apartado prestaciones sanitarias y asistencia
sanitaria en el extranjero).
Para obtener la asistencia, o solicitar el
reembolso de los gastos, el mutualista o beneficiario debe llamar a la compañía
CASER.
a) teléfono de solicitud de asistencia:
• desde el extranjero:
34.91.055.16.48
• desde España: 91.055 16 48
Al realizar la llamada, se debe
indicar:
* número de póliza.
* nombre y apellidos.
* dirección y número de teléfono de donde
se encuentra .
* descripción del problema o situación
planteada.
b) datos para solicitar el reembolso de
los gastos.
El mutualista podrá solicitar el reembolso
de los gastos dirigiéndose por escrito a la compañía de seguros CASER indicando
los siguientes datos y aportando la siguiente documentación:
* número de póliza
* originales de las facturas o
comprobantes de los gastos reclamados
* informe médico en el que se haga constar
el diagnóstico de la enfermedad y en su caso la necesidad de ser
repatriado
* certificado de defunción y documentación
que acredite el grado de parentesco con el finado para los casos de
repatriación por fallecimiento de un familiar
El número de póliza: 00001824
La fecha de efecto y vencimiento de la
cobertura del : desde las 00:00 horas del 01/01/2019 a las 24:00 horas del
31/12/2019.
En resumen, para países dentro de la Unión
Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza, la cobertura la proporciona
tanto la TSE (para funcionarios encuadrados en MUGEJU y para funcionarios
encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social, y sus respectivos
beneficiarios), como la póliza de CASER (para funcionarios encuadrados en
MUGEJU y sus respectivos beneficiarios).
Para países fuera de la
Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza la cobertura sanitaria la
proporciona CASER, pero sólo para funcionarios encuadrados en MUGEJU (y sus
beneficiarios).