AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE
PATERNIDAD
En el BOE de hoy jueves se publica el Real Decreto-ley
6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de
trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación,
que modifica el Estatuto Básico del Empleado Público, elevando el
permiso de paternidad desde las 5 semanas actuales hasta las 8 semanas.
En 2020 pasarán a ser 12 y en 2021 llegará hasta las 16 semanas,
igualándose en ese momento al permiso por maternidad.
Las dos primeras semanas se deberán inmediatamente después del parto, o la decisión administrativa de adopción o acogimiento. Las seis semanas restantes podrán ser de disfrute ininterrumpido , ya sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al periodo de descanso obligatorio para la madre, o posteriores al final de permiso de maternidad de la madre o de acogimiento.
Esta medida entra en el 1 de abril, aunque al ser un Real Decreto Ley ha de
ser convalidado por el Parlamento; como se han disuelto las Cortes ha de
ser la Diputación Permanente quien lo apruebe en el plazo máximo de treinta
días.