STAJ insta nuevamente al Ministerio
a intensificar las medidas preventivas y a reducir la dotación de personal para
servicios esenciales.
Tal como se comprometió el Ministerio en la
videoconferencia mantenida el viernes pasado, en la tarde de ayer se nos han
solicitado aportaciones para la elaboración de una resolución sobre medidas
preventivas que se está ultimando, complementarias de las ya acordadas. Aunque
llega muy tarde (llevamos ya más de una semana en estado de alarma) desde STAJ
hemos formulado una serie de propuestas que esperemos sean aceptadas. Junto a
ello, seguimos manteniendo contacto permanente con el Ministerio y las CCAA,
comunicando todas las incidencias que nos van trasladando los funcionarios que estamos
prestando servicios esenciales.
STAJ ha insistido en la necesidad de reducir al
mínimo imprescindible la presencia de personal, limitándolo a los servicios de
guardia y a los decanatos (con una dotación mínima), y manteniendo al resto de
personal en condiciones de disponibilidad y completa localización para atender
puntualmente durante la jornada laboral cualquier actuación que sea preciso
realizar dentro de los servicios esenciales fijados por el CGPJ.
Mantener al personal en juzgados a la espera de
que entre algo es sencillamente absurdo, pues esa espera puede hacerse desde el
domicilio, acudiendo al juzgado para realizar la actuación concreta que deba
realizarse y por el tiempo indispensable. Con las nuevas tecnologías todo esto
es posible y solo hace falta voluntad. Junto a ello, el CGPJ debe tomar
conciencia de una vez y limitar aún más los servicios esenciales y elaborar
protocolos que permitan la reestructuración temporal de las competencias y el
ingreso de asuntos, escritos y documentos en los juzgados.
Junto a ello, desde STAJ hemos pedido, entre
otras medidas, las siguientes:
• Control
efectivo de los accesos de público a los edificios judiciales, al que se
impedirá el acceso salvo justificación, debiendo instruirse al personal de
seguridad sobre cuáles son las actuaciones que constituyen servicios
esenciales.
• Entregar
al público que acceda a los edificios judiciales mascarillas y guantes, para
uso obligatorio durante todo el tiempo de permanencia en el edificio.
Prohibición de acceso a quien presente síntomas susceptibles de ser apreciados
como afectos por el virus, sin perjuicio de arbitrar medidas para salvaguarda
de sus derechos y que no se le ocasionen perjuicios irreparables.
• Facilitar
a todo el personal mascarillas, guantes y geles, para su uso obligatorio
durante la prestación del servicio esencial. Todos podemos ser portadores del
virus, sin saberlo.
• Distancias
mínimas de seguridad de 2 metros entre personas.
• Instalación
urgente de pantallas protectoras y cintas de seguridad.
• Limpieza
diaria y exhaustiva de los edificios y mobiliario, con desinfección de suelos,
asideros, puertas, etc., en especial en zonas comunes, aseos, ascensores,
juzgado de guardia, registro civil, etc.
• Instalación
de alfombras impregnadas de soluciones desinfectantes, en la entrada a los
edificios.
• Utilización
de medios telemáticos con objeto de minimizar los desplazamientos para
comunicaciones o para actuaciones propias de los servicios esenciales, los
cuales deben evitarse y ceñirse exclusivamente a comunicaciones que no puedan
realizarse por fax, correo seguro o videoconferencia. De ser necesario el
desplazamiento, deberán extremarse las medidas de precaución, portando en todo
momento mascarilla, guantes y geles, que deben ser proporcionados por la
Administración competente.
• Exclusión
de las dotaciones mínimas de los servicios esenciales a todo el personal de
riesgo según las indicaciones del Ministerio de Sanidad, incluido los mayores
de 60 años.
• Suspensión
total de señalamientos o citaciones en cuanto fuera posible, y en todo caso
distanciamiento temporal de los mismos, con adopción de medidas de coordinación
o agenda común para los órganos de cada edificio. Obligación del público y
profesionales de entrar en los edificios de uno en uno y limitación de la
presencia simultánea de personas dentro de los mismos, en función de sus
dimensiones y características.
• Reforzamiento
de las medidas de protección individual, recordando las rutinas que deben
seguirse en todo momento (lavado de manos, protección en estornudos, distancias
mínimas, no compartir objetos, no comer en centros de trabajo, etc.)
• Colocación
y reposición de carteles informativos confeccionados por las Administraciones
competentes.
• Intensificación
de la limpieza y sustitución de filtros de los aparatos de ventilación,
climatización o aire acondicionado.
• Esclarecimiento
de los protocolos claros y conocidos de actuación ante la aparición casos de
personal contagiado, confirmado o sospechoso de estarlo, por los síntomas,
pendiente de que se le haga la prueba o de recibir los resultados.
Instrucciones precisas al personal.
• Información
puntual a la administración competente, facilitándose al personal los teléfonos
o correos electrónicos donde hacerlo.
• Aislamiento
del personal contagiado, o que presente síntomas confirmados o no, y de todo el
personal que haya estado en contacto con alguna persona contagiada o sospechosa
de estarlo.
• Reorganización
de los servicios si fuera preciso, con atribución a otro órgano si el contagio
afectase a juez, LAJ o totalidad de la plantilla o parte importante de ella.
• Establecimiento
de bolsas de voluntarios para atender casos extremos.
• Desinfección
inmediata del puesto de trabajo e incluso del edificio donde se hayan detectado
casos, con cierre de sedes, según indiquen las autoridades sanitarias y por el
tiempo que determinen.