Publicado el Real Decreto-ley 10/2020, con
objeto de reducir la movilidad del personal
Publicado en el Boletín Oficial del Estado:
JEFATURA DEL ESTADO
Estado de alarma. Medidas urgentes
• Real
Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido
recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten
servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el
contexto de la lucha contra el COVID-19.
La Disposición Adicional Tercera establece se
refiere expresamente a los servicios esenciales de la Administración de
Justicia y la necesaria adaptación del personal que los presta:
Disposición adicional tercera. Servicios esenciales en la Administración
de Justicia.
Los jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y demás
personal al servicio de la misma seguirán atendiendo las actuaciones procesales
no suspendidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19, y, de esta manera, cumplirán con los servicios
esenciales fijados consensuadamente por el Ministerio de Justicia, el Consejo
General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las comunidades
autónomas con competencias en la materia, y plasmados en la Resolución del
Secretario de Estado de Justicia de fecha 14 de marzo de 2020, con las
adaptaciones que en su caso sean necesarias a la vista de lo dispuesto en el
presente Real Decreto-Ley. Asimismo, continuarán prestando servicios el
personal de Administración de Justicia que sea necesario para la prestación de
servicios esenciales del Registro Civil conforme a las Instrucciones del
Ministerio de Justicia.
Este Real Decreto-ley confirma lo que llevamos
diciendo desde STAJ desde el minuto uno: HAY QUE REDUCIR LA MOVILIDAD AL
MÍNIMO, y así lo dice su preámbulo: “La prioridad de la regulación contenida en
esta norma es, por tanto, limitar al máximo la movilidad.”
El Gobierno se ha dado cuenta de que con las
medidas adoptadas en el Real Decreto de Alarma no es suficiente, porque la
movilidad sigue siendo superior a la necesaria. En la Administración de
Justicia, el CGPJ y muchos jueces, muchos LAJs y muchos Fiscales están
presionando desde el inicio del estado de alarma de manera indecente y
temeraria para que la dotación de personal se incremente en los órganos
judiciales y fiscalías. Con estas nuevas medidas acordadas por el Gobierno se
demuestra que en STAJ llevábamos razón.
Esperemos que dejen de presionar y faciliten el
cumplimiento de estas nuevas medidas de confinamiento y los servicios
esenciales actualmente dictados en todos los ámbitos territoriales se reduzcan
de forma homogénea en toda España a lo que debe ser ese servicio esencial sin
obligar en los casos que no sea necesaria la presencia física del funcionario.