RESUMEN MESA SECTORIAL MINISTERO DE JUSTICIA. NEGOCIACIÓN REAL DECRETO DE ADAPTACIÓN A LA LEY DE EFICIENCIA
El pasado jueves se celebro reunión de mesa sectorial con el Ministerio de
Justicia, para negociación del Real decreto que adapta diversas disposiciones reglamentarias
al contenido de la Ley de eficiencia. La principal modificación afecta al
Reglamento de Ingreso, el cual recogerá las garantías cuya inclusión fue pactada
mediante el preacuerdo de julio de 2024, ratificado el 8 de enero pasado.
De este modo queda garantizado normativamente, de cara a la implantación
de los tribunales de instancia y la oficina judicial, y al acoplamiento a los
nuevos puestos, lo siguiente:
-
Garantía
de mantenimiento de los complementos, sea cual sea el puesto de trabajo al que se
adscriba el funcionario, salvo que voluntariamente el funcionario elija un
puesto con diferentes complementos.
-
Garantía
de mantenimiento del derecho a hacer y cobrar las guardias.
-
Distinción
de los puestos de trabajo, dentro de los centros de destino, por servicios
comunes, y dentro de estos por áreas y en su caso equipos, a efectos de
provisión de puestos y asignación de funciones y tareas.
-
Garantía
de que no se pueden asignar forzosamente funciones distintas de las que corresponden
al tipo de órgano de procedencia.
Además, se
modifica la redacción de otros preceptos, para adaptarlo a las disposiciones de
la LOPJ tras la reforma, fundamentalmente referidos a la mención a las nuevas
oficinas de justicia en el municipio. También se modifican el Real Decreto
1033/2007 y el Real Decreto 2033/2009, que regulan los puestos tipo, para
adaptarlos a la nueva denominación de los centros de destino y puestos de
trabajo.
Por otra parte,
se dicta un nuevo Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de las
Oficinas de Justicia en el Municipio y de las Agrupaciones de Oficinas de Justicia
en el Municipio, que sustituye al actual Reglamento de Juzgados de Paz, para
adaptarlo a las previsiones de la Ley de eficiencia.
Desde STAJ hemos
pedido, entre otras cosas y además de alguna corrección aislada en la redacción
propuesta por el Ministerio en los preceptos que van a modificarse:
-
Que
se dicte Reglamento de desarrollo y concreción de las funciones que
corresponden a los diferentes cuerpos al servicio de la Administración de
justicia, así como su reconocimiento retributivo.
-
Que
se establezca que las sustituciones verticales serán siempre retribuidas con el
cien por cien de las retribuciones del cuerpo al que se sustituye, incluidos
los trienios.
-
Que
se eliminen los grupos de población a efectos de determinación del complemento
general de puesto, de manera que todos queden encuadrados en el grupo I. Al
menos, debe incluirse ya la eliminación del grupo IV, tal como fue pactado en
el Acuerdo de 8 de enero, aunque entre en vigor en enero de 2025.
-
Que
se inicie ya la negociación del Real Decreto de Carrera profesional, pactada para
el primer semestre de 2025 (ya se han consumido dos meses)
-
Respecto
a las Oficinas de Justicia en el Municipio y Agrupaciones, que se establezca con
carácter imperativo que los Ayuntamientos deben nombrar personal para
atenderlos en aquellos supuestos en que dichas oficinas o agrupaciones no estén
servidas por personal de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia,
para evitar sobrecargar a las Oficinas de Registro civil de ellas dependientes y
a las cabeceras de Agrupaciones de Oficinas de Justicia en el municipio.
La semana próxima
se celebrará nueva reunión, donde se espera quede finalizada la negociación. El
Reglamento debe ser publicado antes de que se inicie el proceso de acoplamiento.
Tras ello, STAJ continuará reivindicando otras mejoras en el Reglamento,
de cara a los concursos de traslado, procesos selectivos y provisión de puestos,
entre otras. Hacerlo antes provocaría el retraso de la entrada en vigor de las
modificaciones ya pactadas, poniendo en riesgo las garantías del proceso de
acoplamiento.