miércoles, 8 de mayo de 2024

 

GPA promoción interna 2022: Nombramiento como funcionarios y adjudicación de destinos

En el BOE de hoy se publica el nombramiento como funcionarios de carrera y las Resoluciones de los distintos ámbitos territoriales por las que se adjudican destinos a los aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocada por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por ámbito ministerio.

  • Orden PJC/408/2024, de 25 de abril, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por promoción interna, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
  • Resolución de 25 de abril de 2024, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno de promoción interna, que superó el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.

El plazo de toma de posesión es de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. 

Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que opten por permanecer en el cuerpo de Tramitación P.A. no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.

 

En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión P.A. y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación P.A. un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el funcionario/a proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y el cese automático con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes

 

Las plazas ofrecidas a los aspirantes, no adjudicadas en la promoción interna, mantienen su condición de desiertas y reservadas para el turno libre.

 

PERMISO R.D. 364/95

 

El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrá derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición adicional 5ª del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo; son tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta, del que se deducirían  los días que se hubiesen solicitado para evitar el vacío de continuidad (uno, dos o tres días).

 

PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:

 

Los funcionarios del Cuerpo de Gestión P.A. a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la LOPJ

FUNCIONARIOS INTERINOS:

 

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.  

 

ADJUDICACIÓN DE DESTINOS EN LOS DINTINTOS ÁMBITOS TERRITORIALES

Ambito Ministerio

Andalucía

Aragón

Asturias

Canarias

Comunidad valenciana

Cataluña 

Galicia

La Rioja

Madrid

Navarra

País Vasco