MUGEJU: Vías para la presentación de solicitudes de prestaciones complementarias
En el BOE de 23 de junio, se publicó
la Resolución de 9 de
junio de 2022, de la Mutualidad General Judicial, por la que se establecen las vías para
la presentación de solicitudes de prestaciones complementarias.
Las solicitudes de las prestaciones
complementarias se podrán presentar todos los días del año a
través de la sede electrónica de MUGEJU (https://sedemugeju.gob.es/). A dichas solicitudes
deberá acompañarse la documentación correspondiente en formato
electrónico.
Las
principales novedades de la nueva resolución son las siguientes:
-Para los mutualistas en activo, no
se admitirá otra forma de presentación de las solicitudes de prestaciones
complementarias más que la vía telemática, a través de la sede electrónica.
-Los mutualistas que no
estuvieren en activo o aquellos otros que, pese a estar en activo justifiquen
la imposibilidad de cursar su petición en la forma indicada en el apartado
anterior, podrán presentar sus solicitudes en formato papel ante la Gerencia,
las Delegaciones Provinciales de MUGEJU y en cualquiera de los registros
indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, debiendo utilizar el impreso
normalizado correspondiente disponible tanto en la sede central de la MUGEJU y
las Delegaciones Provinciales, como en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es) junto al que deberá
acompañarse la documentación pertinente.