lunes, 30 de marzo de 2020


Publicado el Real Decreto-ley 10/2020, con objeto de reducir la movilidad del personal

Publicado en el Boletín Oficial del Estado:

JEFATURA DEL ESTADO

Estado de alarma. Medidas urgentes

          Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.


La Disposición Adicional Tercera establece se refiere expresamente a los servicios esenciales de la Administración de Justicia y la necesaria adaptación del personal que los presta:

Disposición adicional tercera. Servicios esenciales en la Administración de Justicia.

Los jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y demás personal al servicio de la misma seguirán atendiendo las actuaciones procesales no suspendidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y, de esta manera, cumplirán con los servicios esenciales fijados consensuadamente por el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las comunidades autónomas con competencias en la materia, y plasmados en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 14 de marzo de 2020, con las adaptaciones que en su caso sean necesarias a la vista de lo dispuesto en el presente Real Decreto-Ley. Asimismo, continuarán prestando servicios el personal de Administración de Justicia que sea necesario para la prestación de servicios esenciales del Registro Civil conforme a las Instrucciones del Ministerio de Justicia.

Este Real Decreto-ley confirma lo que llevamos diciendo desde STAJ desde el minuto uno: HAY QUE REDUCIR LA MOVILIDAD AL MÍNIMO, y así lo dice su preámbulo: “La prioridad de la regulación contenida en esta norma es, por tanto, limitar al máximo la movilidad.”

El Gobierno se ha dado cuenta de que con las medidas adoptadas en el Real Decreto de Alarma no es suficiente, porque la movilidad sigue siendo superior a la necesaria. En la Administración de Justicia, el CGPJ y muchos jueces, muchos LAJs y muchos Fiscales están presionando desde el inicio del estado de alarma de manera indecente y temeraria para que la dotación de personal se incremente en los órganos judiciales y fiscalías. Con estas nuevas medidas acordadas por el Gobierno se demuestra que en STAJ llevábamos razón.

Esperemos que dejen de presionar y faciliten el cumplimiento de estas nuevas medidas de confinamiento y los servicios esenciales actualmente dictados en todos los ámbitos territoriales se reduzcan de forma homogénea en toda España a lo que debe ser ese servicio esencial sin obligar en los casos que no sea necesaria la presencia física del funcionario.