lunes, 15 de julio de 2019


CONVOCADAS LAS OPOSICIONES  GESTIÓN, TURNO LIBRE



En el BOE de hoy lunes, 15 de julio, se publica la convocatoria de las oposiciones por el turno libre del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa correspondientes a la Oferta Pública de Empleo de 2017-2018.
El plazo de presentación de solicitudes es de VEINTE DÍAS HÁBILES, a contar desde mañana, y tanto la presentación como el pago de las tasas respectivas (22,87 € , 11,44 si hay derecho de reducción del 50%) se han de realizar vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos - Pruebas Selectivas del punto de acceso general, https://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder directamente o a través del enlace en la página Web del ministerio www.mjusticia.gob.es.

Excepcionalmente se podrá presentar la solicitud en formato papel, cuando no se sea titular de una cuenta bancaria que permitan el pago telemáticamente o porque resulta imposible la inscripción por razones técnicas, y se acredite documentalmente.

Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base novena de las bases comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente

Los aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren.


Las plazas que se convocan repartidas por ámbitos territoriales son las siguientes:
Ámbito territorial
Sistema General
Reserva discapacidad
Andalucía
164
12
Aragón
11
1
Asturias
6
0
Canarias
106
8
Cantabria
7
0
Cataluña
403
30
C. Valenciana
99
9
La Rioja
3
0
Madrid
191
15
Navarra
16
1
País Vasco
44
3
M. Justicia
324
23
Total
1374
102

·         El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso oposición. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.
·         El primer ejercicio tendrá lugar dentro de los 4 meses siguientes a esta convocatoria y dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, publicándose en el Boletín Oficial del Estado la fecha, hora y lugares de su celebración.
·         La oposición constará de tres ejercicios, los dos primeros se celebrarán en un mismo acto en el mismo día, uno a continuación del otro.
GPA
PRIMER EJERCICIO 

100 preguntas tipo test

90’ duración

Se calificará de 0a 60 puntos

Pregunta acertada: 0,60 puntos

Pregunta errada: - 0’15

No se penalizarán preguntas no contestadas

SEGUNDO EJERCICIO

20 preguntas tipo test referidas a un caso práctico

60 minutos duración

Se calificará de 0 a 15

Pregunta acertada: 0,75

Pregunta errada: - 0,15

No se penalizarán preguntas no contestadas

Para superar el ejercicio serán necesario obtener el 60% de la nota máximo posible (9 puntos)

TERCER EJERCICIO

Contestar 10 preguntas referidas a distintos temas de contenido procesal del programa.
Tiempo: 90’

Puntuación de 0 a 25 puntos
Cada pregunta max 2,5 p

Para superar este ejercicio serán suficiente obtener el 50% de la nota máxima posible (12,5 puntos)

·         La determinación de la nota mínima para superar el primer y el segundo ejercicio en cada ámbito territorial convocante será equivalente al resultado de diez aspirantes por plaza, que hubieran obtenido como mínimo un 60% de la puntuación posible, con independencia de las instancias que se hubieran presentado por dicho ámbito. Los aspirantes por plaza mencionados pasarían a realizar el tercer ejercicio. Al ser eliminatorios, los opositores que no alcancen esta puntuación en el primer ejercicio, no les será corregido el segundo.
·         Para superar el segundo ejercicio será suficiente obtener el 60% de la puntuación posible, mientras que para la superación del tercer ejercicio será suficiente obtener el 50% de la misma.
·         Esta nota mínima no será aplicable en el cupo de reserva por discapacidad, ni en los procesos selectivos con un número de aspirantes de partida inferior al índice de diez por plaza, anteriormente mencionado. En estos casos la puntuación mínima exigida para superar el segundo y tercer ejercicio será el 50% de la puntuación máximo posible. La puntuación final de los aprobados en la fase de oposición estará compuesta por la suma de las puntuaciones de los tres ejercicios.
·         Reserva de nota: Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior a la mínima fijada, pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso de la OEP 2017-18, quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria de 2019 los ejercicios de la fase de oposición (siempre y cuando se presenten por el mismo Cuerpo, ámbito territorial, y turno sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente se presenten a la misma para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la convocatoria de la OEP 2017-18.
·         Superada la fase de oposición se pasará a la fase de concurso donde se valorarán de acuerdo a los requisitos contenidos en la convocatoria:

BAREMO FASE DE CONCURSO
A. Títulos y grados académicos:

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos.
Dado que, conforme al artículo 475 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la titulación exigida para el acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa es la de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, la puntuación a otorgar en este apartado será la siguiente:

·  12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en Derecho y máster con contenido de carácter jurídico
·  10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho,
·   8 puntos por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, o Criminología.
·  6 puntos por estar en posesión del Grado en Ciencias del Trabajo, en Ciencias Jurídicas y de las Administraciones Públicas, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, o en Criminología.
     
En caso de que el aspirante aporte más de una diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, se valorarán todas las titulaciones adicionales a la exigida para participar en el proceso selectivo con la siguiente baremación:

·   4 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho
·   3 puntos por otras licenciaturas o grados (se considera únicamente un título)
·  2 puntos por otras diplomaturas arquitectura técnica o ingeniería técnica (se considera únicamente un título)

Además se establecerá un nuevo apartado, de forma genérica y a valorar por el tribunal, para aquellas titulaciones, distintas de las anteriores y que relacionadas con el ámbito jurídico, a juicio del tribunal calificador, deban ser tenidas en cuenta y meritadas (ej. estudios universitarios de universidades internacionales reconocidas oficialmente, e incluso españolas distintas a los anteriores y de ámbito jurídico)

Dichas puntuaciones vienen establecidas para la titulación que se establece como mérito, y con independencia que sea titulación requerida o no para el ingreso en el cuerpo.

En este apartado A en la convocatoria del cuerpo de auxilio judicial se añadirá como mérito el título de bachiller superior o equivalente con 1 punto. Este punto no es acumulativo para el que ya acredita titulaciones superiores.




B. Historial profesional:

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 puntos, con la siguiente baremación.

B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo.

·         Entre 11 y 29 h…      1 puntos
·         Entre 30 y 59 h …     1,5 puntos
·         Entre 60 y 119 h…    2 puntos
·         Entre 120 o más h … 2,5 puntos

Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se valorarán los cursos en materia de igualdad o salud laboral que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico.
No se valorarán los cursos siguientes:
·         Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas.
·         Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

A los aspirantes que aporten certificaciones de cursos que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de un título universitario, se les podrá solicitar certificado académico para comprobar que las horas lectivas de dicho curso o cursos no han sido convalidadas como créditos universitarios o créditos ECTS (“European Credit Transfer and Accumulation System”).
En caso de que no presentaran la certificación académica requerida o que se comprobase que las horas lectivas del curso o cursos se han utilizado para convalidar asignaturas, de las titulaciones señaladas en el apartado A, no se valorarían dentro de este mérito.
B-2. Cursos de formación en informática, recibidos y acreditados, en los últimos diez años y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, homologados o impartidos por: el Ministerio o por las Consejerías de Justicia, por el Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas, por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas) o por los Servicios Públicos de Empleo:

·         Entre 11 y 29 h… 1 puntos
·         Entre 30 y 59 h… 1,5 puntos
·         Entre 60 y 119 h… 2 puntos
·         Entre 120 o más h… 2,5 puntos
Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en los que no conste el número de horas ni aquellos con 10 o menos horas lectivas.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado B es de 7,5 puntos; hasta 5 puntos en el apartado B-1 “conocimientos jurídicos”, hasta 2,5 puntos en los apartados B-2 “conocimientos de informática”.

C. Ejercicios de convocatorias OEPs 2015 y 2016 de Cuerpos de la Administración de Justicia: Máximo 14 puntos.

Por las calificaciones obtenidas en las pruebas del Cuerpo de Gestión:
·         5 puntos por nota de 50 puntos hasta 54,99 puntos
·         5,5 puntos por nota desde 55 puntos hasta 59,99 puntos
·         6 puntos por nota desde 60 puntos hasta 64,99 puntos
·         6,5 puntos por nota desde 65 puntos hasta 69,99 puntos
·         7 puntos por nota desde70 puntos hasta 74,99 puntos
·         7.5 puntos por nota desde 75 puntos hasta 79,99 puntos
·         8 puntos por nota desde 80 puntos hasta 84,99 puntos
·         8,5 puntos por nota desde 85 puntos hasta 89,99 puntos.
·         9 puntos por nota superior a los 90 puntos.

Por las calificaciones obtenidas en otros Cuerpos Generales, Especiales y Letrados de la Ad. Justicia:
·         Si es de un Cuerpo inferior o especial, el 25% de la anterior puntuación.
·         Si es de un Cuerpo superior, el 50% de la anterior puntuación


D. Servicios prestados como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración:
Máximo 33,5 puntos

·         Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en el Cuerpo al que se presenta: 0.30 puntos
·         Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia: 0.20 puntos
·         Por cada mes completo de servicios prestados en el resto de los Cuerpos de la Administración de Justicia: 0.10 puntos
·         Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0.05 puntos



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