CSIF, STAJ, CCOO y UGT CONVOCAMOS HUELGA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EL 16 DE
NOVIEMBRE PARA FRENAR LA MAYOR AGRESIÓN A NUESTROS
DERECHOS LABORALES
Durante este mes
de
noviembre se va a tramitar en el Senado la proposición de ley de reforma de
la LOPJ aprobada ya en el Congreso de los Diputados que contiene los más graves ataques a
todo el personal de la Administración de Justicia
que se han producido en la historia:
1.- Se unifican en uno solo los centros de destino de cada municipio, y se aprueba la movilidad forzosa a cualquier puesto de trabajo de la misma localidad, a criterio del gestor correspondiente (art. 521)
2.- Se prohíbe el incremento de plantilla y la asignación de más medios materiales, cuando se
designen jueces
de
refuerzo (art. 347 bis)
3.- En caso de ausencia que no suponga vacante, su sustitución transitoria sólo se producirá si se
trata de ausencia de personal titular, pero no si la ausencia es de personal interino (Art. 489)
4.- El personal interino de refuerzo será
cesado en el plazo máximo de 6
meses (art. 489).
En la práctica, la administración podrá determinar a su antojo cuál será, dentro del municipio,
nuestro puesto de trabajo en cada momento, al tiempo que se reducirá drásticamente el
nombramiento de personal interino, dejando puestos sin cubrir y sobrecargando de trabajo al resto, y
generando, además, incertidumbre en la percepción de retribuciones complementarias y en la
asignación de funciones
y tareas.
Para frenar esta agresión sin precedentes, CSIF, STAJ,
CCOO y UGT os convocamos a contundentes movilizaciones en la que es imprescindible la participación de todos y todas como apoyo a la presión que
los sindicatos
estamos
ejerciendo ante el Ministerio de Justicia y ante los partidos políticos que han suscrito esta reforma para que detengan este ataque a nuestras condiciones de trabajo y al
servicio público de la Administración de Justicia.
En defensa de los puestos de trabajo y de los
centros de destino, y frente a los demás artículos que implican recortes de las condiciones
laborales y mayor carga de trabajo convocamos concentraciones en BARCELONA CIUDAD desde el lunes día 12 hasta el día
15 de noviembre de 10,30 a 11 horas en Palacio de Justicia i Ciudad de la
Justicia, incluyendo L’Hospitalet de Llobregat.
También se efectuarán concentraciones en Girona, Lleida y Tarragona y en los grandes partidos judiciales durante
la próxima semana. En breve os informaremos.
Convocamos
HUELGA GENERAL en la Administración
de Justicia el 16 de noviembre, y hacemos un llamamiento a la participación de todos los
trabajadores ese mismo día en
la CONCENTRACIÓN ante la Delegación de Gobierno en Barcelona (c/ Mallorca 278)
y las Subdelegaciones Provinciales.
ENTRE TODOS PODEMOS
IMPEDIR ESTA AGRESIÓN PAREMOS LA JUSTICIA EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS
¡¡¡SON TUS DERECHOS, DEFIENDELOS!!!
ANEXO
NUEVA REDACCIÓN DE LOS ARTÍCULOS
DE LA LOPJ APROBADA EN EL CONGRESO
DE LOS DIPUTADOS
Art. 347 bis
5. Excepcionalmente, los jueces de adscripción territorial podrán realizar funciones de refuerzo, cuando concurran las
siguientes
circunstancias:
b) previa aprobación por el Ministerio de Justicia, que
se podrá
oponer por razones de
disponibilidad presupuestaria.
En este caso, corresponderá a la Sala de Gobierno fijar los objetivos de dicho refuerzo y el adecuado reparto de asuntos,
previa audiencia del juez de adscripción y del titular o titulares del órgano judicial reforzado, sin
que la dotación del
refuerzo pueda conllevar además la asignación de medios materiales o personales distintos de aquellos con los que cuente
el
juzgado al que se adscriba.
Artículo
489.
1. El Ministerio de Justicia o, en su caso, los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que hayan recibido los
traspasos de medios personales para el funcionamiento de la Administración de Justicia, podrán nombrar funcionarios interinos por necesidades del servicio, cuando no sea posible, con la urgencia exigida por las circunstancias, la prestación por
funcionario de carrera y siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea
posible su
cobertura por funcionarios de
carrera.
b) La sustitución transitoria de los titulares.
c) El exceso o acumulación de asuntos en los órganos judiciales por plazo máximo de seis meses,
dentro
de un period de doce meses.
Articulo 521.
3. Las relaciones de puestos de trabajo deberán contener necesariamente
las
siguientes especificaciones:
Centro Gestor. Centro
de destino.
A efectos de la ordenación de los puestos de trabajo y de su ocupación por el personal funcionario, tendrán la consideración de centros gestores los órganos competentes del Ministerio de Justicia o el órgano competente de las Comunidades Autónomas para la gestión del personal, a quienes corresponderá la formulación de la relación de puestos
de trabajo en sus respectivos ámbitos territoriales.
Se entenderá por centro de destino
el conjunto de los puestos
que
radiquen en
el
mismo municipio que estén servidos por
funcionarios al servicio de la Administración de
Justicia.
C) (nueva) La asignación de los funcionarios a los puestos de trabajo incluidos en el mismo centro de destino se efectuará de acuerdo con criterios objetivos relacionados con las necesidades del servicio y las cargas de trabajo, con
respeto a las condiciones económicas de los funcionarios y previa negociación con las organizaciones sindicales, en los
términos
en que reglamentariamente se establezcan.
Artículo 504.5
No se modifica, por lo que se mantiene en el texto de la LOPJ el descuento en situaciones de IT, que ha sido suprimido
para todos los sectores
de la Administración.
¡¡ACUDE A LAS CONCENTRACIONES CONVOCADAS EN TU CENTRO DE TRABAJO!!
¡¡ASISTE A LA
CONCENTRACIÓN EN LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO (C/ MALLORCA 278) DEL 16 DE NOVIEMBRE A
LAS 12 HORAS en BARCELONA
y ANTE LAS
SUBDELEGACIONES EN GIRONA, LLEIDA i TARRAGONA!!
¡¡PARTICIPA EN LA HUELGA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL 16 DE NOVIEMBRE!!