OFERTA DE PUESTOS EN COMISIÓN DE SERVICIOS 01/2018 EN LA
MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL (MUGEJU)
La Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial (LOPJ), permite en su
artículo 527.1º el otorgamiento de comisión de servicios a los funcionarios que reúnan los requisitos
exigidos para el desempeño de un puesto de trabajo vacante, hasta que se resuelvan
los sistemas de provisión en curso o cuando resueltos no se hayan cubierto por
no existir candidato idóneo.
Así, con el objetivo
de dotar de personal a diversas Áreas
de la Mutualidad General Judicial, se anuncia su provisión
temporal conforme a las siguientes indicaciones con el fin de que el personal
funcionario interesado pueda solicitar, de forma voluntaria, la oportuna comisión de servicios.
Primero. Objeto
Esta
convocatoria tiene por objeto permitir la provisión temporal, mediante comisión
de servicios, de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de los
cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa que se señalan en el Anexo I.
Segundo. Solicitantes
Podrán
solicitar la comisión de servicios, con relevación de funciones, los
funcionarios de carrera de cuerpos al servicio de la Administración de Justicia
que se encuentren en situación de servicio activo en el mismo Cuerpo del puesto
que se oferta y prestando servicios efectivos en destino definitivo.
Tercero. Criterios de adjudicación
La selección
del candidato y la consecuente adjudicación de la comisión de servicio se
realizarán siguiendo el orden del escalafón y las preferencias fijadas por el solicitante en su
instancia.
No se tendrán
en cuenta las solicitudes de aquellos funcionarios que han obtenido destino en
el reciente concurso.
Cuarto. Informe.
Tal y como se
prevé en el artículo 73 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia,
las solicitudes estarán condicionadas a la emisión
de informe del responsable de la unidad o centro de
destino de origen del funcionario. Si no se dispone del mencionado informe, se
pasará al siguiente solicitante del que sí se disponga.
Quinto. Características de
las comisiones de servicios.
La provisión
temporal de las plazas ofertadas se realizará con carácter de comisiones de
servicios voluntarias.
Las comisiones de servicios de las plazas ofertadas en el Anexo
I comenzarán el día de 16
de abril, pudiéndose prolongar su duración hasta la adjudicación definitiva de dichas
plazas mediante concurso de traslados.
El periodo
mínimo de permanencia en la comisión de servicios será de seis meses y, en caso
de renuncia antes del transcurso de dicho plazo, el funcionario no podrá
acceder a una nueva comisión de servicios durante el periodo de un año, a
contar desde la fecha de inicio de la comisión de servicio.
Los funcionarios seleccionados deberán presentarse en el destino
en comisión asignado
al día siguiente hábil de su entrada en funcionamiento, salvo
autorización por motivos debidamente justificados.
Los funcionarios
que tomen posesión de estas comisiones de servicios conservarán su puesto de
origen y tendrán derecho a la retribución complementaria del puesto que
desempeñen hasta que se adjudique el puesto en el siguiente concurso que se
convoque.
En el momento de finalizar la comisión de servicios, el funcionario retornará a su puesto
de origen siempre que no haya sido el adjudicatario de la plaza en el concurso.
Sexto. Solicitudes.
Los
interesados deberán presentar su solicitud ajustada al modelo que se adjunta
como Anexo II de esta resolución.
La misma
deberá enumerar, por orden de preferencia, los puestos que solicitan.
Séptimo. Lugar y forma de
presentación de las solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles
desde el día siguiente a la publicación de la presente
convocatoria en el sitio web de la Mutualidad General
Judicial (MUGEJU) en la siguiente ruta:
Para ello,
una vez rellenado y firmado el Anexo II por el solicitante, deberá remitirlo
escaneado, dentro del plazo establecido, al siguiente correo electrónico: mugeju.secretariagerencia@justicia.es.
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