AVISO PARA PERSONAL INTERINO QUE HAYA PRESTADO SERVICIOS EN LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CON ANTERIORIDAD A AGOSTO DE 1990
Extensión
de efectos de sentencia por las omisiones en las cotizaciones a la Seguridad Social
de periodos trabajados con anterioridad a agosto de 1990
1.- En primer
lugar hay que aclarar que este aviso sólo aplicable a funcionarios
interinos por periodos trabajados en la Administración de Justicia y no
cotizados hasta agosto de 1990. Importante: tienen que seguir
sometidos al régimen de seguridad social a efectos de jubilación, es
decir, sólo los que siguen siendo interinos a fecha de
hoy, o los que han ingresado como funcionarios de carrera desde 2011, o los
que por cualquier motivo siguen en el régimen general de la seguridad
social.
Los que sean
funcionarios de carrera con anterioridad a 2011 y pertenecen por tanto al
régimen de clases pasivas NO ESTAN AFECTADOS.
2.- Todos los
que estéis interesados en la extensión de efectos de la sentencia para que se
declare vuestro derecho a ser afiliado y dado de alta con carácter retroactivo
en el Régimen General de la Seguridad Social en los periodos trabajados en la
Administración de Justicia con anterioridad a 1 de agosto de 1990 debéis poneros
en contacto con nosotros LO MAS URGENTE POSIBLE, ya que el plazo está a punto
de expirar, ya que es preciso obtener antes una documentación acreditativa de
de la ausencia de cotización.
STAJ tramitará
la extensión de efectos de forma gratuita para todos los afiliados y nuevos
afiliados