Tal y
como nos comprometimos, STAJ en colaboración con CSIF, hemos formulado la
demanda contencioso-administrativa contra el acuerdo por el que la Generalitat
de Catalunya nos intenta sustraer el 5% de nuestras retribuciones.
Os adjuntamos COPIA
DEL AUTO NOTIFICADO EL PASADO VIERNES 29 DE JUNIO DE LA SECCIÓN 4ª DE LA SALA CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA DEL TSJC.
por el que la
Sala Acuerda : “No ha lugar a adoptar la medida cautelar
solicitada al amparo del artº 135 de la LJCA (medida cauteladísima de INAUDITA
PARTE) es decir medida cautelar de suspensión del acto administrativo (RECORTE
DE RETRIBUCIONES) sin oír a la parte contraria.
En el mismo
Auto la Sala acuerda el inicio del incidente de suspensión cautelar ordinario,
dando traslado a la administración por 10 días, para que alegue lo que estime
conveniente.
En definitiva,
la Sala resolverá sobre la solicitud de la medida cautelar después de oír al
Departament.
OS MANTENDREMOS
INFORMADOS SOBRE ESTE PARTICULAR.
Os
adjuntamos asimismo, MODELO DE DENUNCIA PENAL PARA PRESENTAR ANTE EL JUZGADO
DE GUARDIA DE VUESTRO PARTIDO JUDICIAL
La
denuncia va dirigida contra la Consellera de Justicia, máxima responsable del
Departament que ha hecho efectivo EL RECORTE sobre vuestra nómina. Ya se puede
presentar ante los correspondientes Juzgados de Guardia desde ya mismo.
NOTA:
Aunque en el BOE de 30 de junio se publica la Ley de Presupuestos Generales del
Estado de 2012, NO ES UN ERROR que en el cuerpo de la denuncia se haga mención
a la Ley 39/2010 de Presupuestos Generales de 2011 ya que la misma estaba
PRORROGADA HASTA EL 30 DE JUNIO de 2012.