En cuanto a los criterios de selección de las plazas, se ha optado por respetar
los utilizados para la promoción interna: la totalidad de las plazas desiertas
de tercera categoría, y tantas plazas de segunda categoría como integrantes de
la promoción, seleccionadas de entre las indicadas por los Secretarios de
Gobierno como de cobertura preferente por necesidades del servicio y
garantizando, en la medida de lo posible, la existencia de plazas en todos los
territorios.
Se han excluido, sin embargo, los órganos de jurisdicciones especializadas
(contencioso administrativo, social, menores, mercantil, vigilancia
penitenciaria y órganos colegiados), por considerar que no son adecuados para
un primer destino.
