En BOE de 2 de diciembre se ha publicado en BOE la Orden PJC/1356/2024, de 19 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso, turno libre, por el sistema selectivo de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses.
La convocatoria de las plazas se llevará a cabo
conjuntamente en todo el territorio nacional, de acuerdo con la distribución
territorial, entre el ámbito gestionado por el Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes y las distintas Comunidades Autónomas con
competencias asumidas en medidos personales, que se recoge en el siguiente
cuadro:
Ámbito Territorial |
Plazas |
Andalucía. |
0 |
Aragón. |
0 |
Asturias. |
0 |
Canarias. |
0 |
Cantabria. |
0 |
Cataluña. |
2 |
Comunidad Valenciana. |
0 |
Galicia. |
1 |
La Rioja. |
0 |
Madrid. |
2 |
Navarra. |
0 |
País Vasco. |
0 |
Total CC. AA. |
5 |
Ministerio de Justicia. |
1 |
Total. |
6 |
Las personas aspirantes sólo podrán participar
por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo,
obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que
concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se
podrán acumular a otro distinto, sin perjuicio de lo dispuesto a continuación y
en el punto anterior.
No se admitirá la modificación del ámbito
territorial elegido una vez presentada la solicitud, salvo para el caso de que
se produjeran vacantes en un determinado ámbito territorial, en cuyo caso se
ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que, habiendo sido valorados
sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos hasta completar el
total de plazas convocadas.
El proceso selectivo tendrá lugar
exclusivamente por el sistema de concurso. A las personas aspirantes se les
aplicará el baremo de méritos que figura en el anexo I-A de esta convocatoria.
La calificación final del proceso selectivo
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada
uno de los distintos méritos objeto de baremación, con los límites que para
cada uno se han fijado, debiendo alcanzarse, al menos una puntuación de 15
puntos, sobre un máximo posible de 100 puntos para superar el proceso
selectivo.
En ningún caso podrá declararse superado el
proceso selectivo en cada ámbito a un número mayor de aspirantes que el de
plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las
propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.
Quienes deseen participar en este proceso
selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública
(modelo 790-Código 007 en cuya parte superior figura «Solicitud de
admisión a pruebas selectivas de la Administración Pública y liquidación de la
tasa de derechos de examen»), que estará disponible en el punto de acceso
general (www.administracion.gob.es), en castellano y en las demás lenguas
oficiales de las Comunidades Autónomas. Las Comunidades Autónomas que oferten
plazas podrán crear un enlace desde sus respectivas páginas web a este
formulario.
La presentación de la solicitud
electrónica se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir
del siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial
del Estado»,
y se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia. La no presentación de la
misma en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
La presentación y el pago correspondiente de la
tasa se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en
Procesos – Pruebas Selectivas del punto de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips
, al que se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es
(Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.
Las personas aspirantes que estén exentas del
pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, adjuntarán en formato
electrónico la documentación acreditativa de la reducción o exención.
(DADO QUE ES UN PROCESO EXTRAORDINARIO PARA CUBRIR PLAZAS DEL TURNO DE DISCAPACIDAD Y ES REQUISITO TENER UN GRADO DE DISCAPACIDAD DE ALMENOS EL 33% SE TIENE DERECHO A LA EXENCIÓN DE TASAS)
Tasa de derechos de examen. El importe de la
tasa por derecho de examen será de 31,10 euros.
Exención o reducción de tasas. Estarán exentas
del pago de las tasas:
Las personas con un grado de discapacidad igual
o superior al treinta y tres por ciento, debiendo acompañar a la solicitud
certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado
cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las
Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID
. En este caso y previa conformidad de la persona interesada, el órgano gestor
podrá verificar esta condición mediante el acceso a la plataforma de
intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecidas a través del
servicio inscripción en pruebas selectivas.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con
las instrucciones que figuran en la misma y en el anexo II de esta
convocatoria.