MESA
SECTORIAL MINISTERIO DE JUSTICIA 20/05/2024. EL MINISTERIO ACEPTA POR FIN LA
RESERVA DE PLAZA A LOS GESTORES QUESUSTITUYAN AL CUERPO DE LAJ
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STAJ solicita, además, que el tiempo que
se preste servicios como letrado sustituto, se considere también como
tiempo de servicios en el Cuerpo de Gestión P.A., para evitar perjuicios como
pérdida de antigüedad en el cuerpo o en el escalafón.
Este lunes 20 de mayo se ha
celebrado mesa sectorial con el Ministerio de Justicia en la que se ha
negociado la modificación del Reglamento Orgánico de Secretarios Judiciales,
que incluye también una modificación del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional. Resumimos a continuación los aspectos más
relevantes del borrador y de lo solicitado por STAJ en la mesa.
El Ministerio acepta por fin lo
que STAJ lleva años reclamando (casi en solitario, ahora se apuntan todos a
pedirlo), de manera que a los funcionarios del Cuerpo de Gestión P.A.
que sean nombrados Letrados sustitutos se les conservará el puesto de
Gestión del que fueran titulares.
STAJ ha
pedido además que el tiempo de servicios como Letrado sustituto se considere
también como tiempo de servicios en el Cuerpo de Gestión P.A., a
efectos de antigüedad en el Cuerpo, escalafón, etc., para evitar los perjuicios
que en la actualidad padecen estos compañeros, que dejan de acumular antigüedad
como gestores durante el tiempo que presten servicios como LAJ. Sobre esta
cuestión el Ministerio aún no nos ha dado respuesta.
En otras cuestiones, el
borrador del Ministerio recoge algunas modificaciones para adaptarlo a las
últimas reformas legislativas, que aún no tenían reflejo en el Reglamento y además,
recoge algunos cambios en materia de categorías del Cuerpo de Letrados, que
resuelven en parte los problemas que genera la clasificación por categorías. Hemos
aprovechado para pedir la supresión de los Grupos de población, para todos los
Cuerpos.
También se recogen mejoras
relativas a las libranzas tras la prestación del servicio de guardia, y en
materia de cese y toma de posesión en los concursos de traslado, con
posibilidad de alterar excepcionalmente los plazos posesorios por motivos de
conciliación y escolarización y tras el cese en comisiones de servicio. STAJ
ha exigido que estas mejoras se apliquen también para todos los cuerpos, y
no sólo para LAJs, ya que las llevamos reclamando, PARA TODOS, desde hace años.
El Ministerio ha
manifestado que ve “razonable” que dichas mejoras se apliquen también al resto
de cuerpos. Desde STAJ hemos manifestado que eso no es suficiente, por
lo que hemos exigido que traiga a la mesa de negociación un texto de
modificación del Reglamento de Ingreso de los Cuerpos generales y especiales y
de la normativa básica del horario de guardia, para aplicar esas mejoras que se
prevén para los LAJs en la modificación de su Reglamento. Si no lo hace,
volverá a demostrar el clasismo rancio a que nos tiene últimamente
acostumbrados este Ministerio.
En cuanto a la promoción
interna al Cuerpo de LAJ, hemos solicitado que se facilite en lugar de entorpecerse
-que es lo que viene haciendo siempre el Ministerio- que exista un solo
ejercicio, tipo test, que las plazas que no se cubran por este turno se
acumulen a la oferta de promoción interna siguiente, que la fase de
méritos sea real y no ficticia como ahora, ya que en la actualidad nunca
permiten pasar a esta fase más aspirantes que plazas, que el curso
teórico-práctico no sea eliminatorio. Igualmente hemos pedido la
posibilidad de acceso por el sistema de concurso, con carácter excepcional, al
igual que ha ocurrido para los procesos de estabilización del resto de cuerpos.
En todo caso, el tiempo de servicios como Gestión P.A. debe valorarse
especialmente.
STAJ, 21
de mayo de 2024