STAJ informa. El CGPJ redacta un documento base para el del plan de choque
para evitar el colapso de la Justicia tras el fin del estado de alarma
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STAJ ha exigido al Ministerio y a las CCAA la negociación
del plan de choque con las organizaciones sindicales.
El CGPJ ha informado ayer sobre la elaboración de un documento que sirva de base
para evitar el colapso de la Justicia tras el fin del estado de alarma. Según
el CGPJ, el texto será ofrecido de inmediato al Ministerio de Justicia para
contribuir al plan de agilización de la actividad judicial previsto en el Real Decreto-ley 11/2020.
Desde STAJ ya hemos exigido al Ministerio y a las
CCAA la negociación del plan en cuanto afecte directamente a las condiciones
de trabajo de todo el personal, ya que parece evidente que será necesario
establecer planes de actuación o de refuerzo, no ya para la recuperación de los
atrasos que haya provocado la situación de paralización de la actividad
judicial -excepto en los servicios esenciales-, sino también acometer los
posibles incrementos en la litigiosidad derivados de los efectos de la
situación de estado de alarma.
Desde STAJ queremos dejar también claro que los
funcionarios de Justicia somos los primeros interesados en minimizar cuanto
antes los efectos negativos del estado de alarma. Nosotros somos siempre
nuestro propio plan de choque: Nadie nos hace nunca el trabajo cuando estamos
fuera. Tenemos muy asumido que se nos guarda enterito para que lo recuperemos a
la vuelta, y lo mismo haremos en esta ocasión, que a nadie le quepa la menor
duda.
Por otra parte, estaremos vigilantes para que no se
aproveche la situación para externalizar servicios que prestamos los funcionarios
de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, que como tales
funcionarios públicos somos los únicos garantes de la legalidad en las
actuaciones judiciales y de los derechos de los justiciables. En ese sentido rechazamos
algunas de las estrambóticas propuestas realizadas por algún Colegio
profesional, que parece querer utilizar esta situación para arrogarse
competencias que sólo pueden ejercer los funcionarios públicos de los Cuerpos
de Letrados de la Administración de Justicia, Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial.
STAJ 08-04-2020