COVID-19
16 DE ABRIL 2020
TRAS LA RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DE
JUSTICIA DE 13 DE ABRIL DE 2020 POR LA QUE SE ADAPTA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
PÚBLICO DE JUSTICIA AL REAL DECRETO 487/2020, DE 10 DE ABRIL, cuya entrada en
vigor ha tenido lugar el 15 de abril, se ha producido un importante
incremento del personal que habrá de prestar el servicio de forma
presencial.
Esta nueva
resolución, como ya lo hemos expresado al Ministerio de Justicia, al TSJC y al
Departament de Justícia, cuenta con nuestra total oposición ya que
ha sido impuesta sin la posibilidad de negociación por parte de los sindicatos
representativos y representa una cacicada más de los "responsables"
de la Administración de Justicia en este país.
Consideramos que
con esta Resolución se incrementa el riesgo de contagio sin justificación
alguna, salvo el interés de algún lobby judicial, y más teniendo en cuenta que
con el régimen de disponibilidad con el que se venía prestando el servicio
durante las últimas semanas, los servicios esenciales estaban perfectamente
cubiertos, máxime cuando la realización de otros servicios no
esenciales consideramos que contraviene la D.A. Segunda del R.D. de
estado de Alarma.
Los sindicatos STAJ, CSIF,CCOO y UGT
consideramos que esta nueva resolución del Ministerio de Justicia es nula
y por ello hemos solicitado su inmediata retirada mediante el correspondiente
recurso.
Asimismo, debe
tenerse en cuenta que esa nueva Resolución se dicta bajo la premisa de la
garantía de la protección a la salud del personal que debe cumplir esa
presencia indicando que debe haber una "provisión efectiva y coordinada de
higrogeles, guantes y mascarillas para proteger a los funcionarios, cumpliendo
con los criterios de uso de las autoridades sanitarias."
La constatación
es que ha día de hoy no está garantizado el suministro de material de
protección necesario, está llegando a cuenta gotas y la distribución del mismo
deja mucho que desear ya que no ha llegado a sitios como por ejemplo los
juzgados de paz con funciones de Registro Civi. aunque Además,
en base a que se hará "cumpliendo con los criterios de uso de las
autoridades sanitarias", los secretarios coordinadores están informando a
los LAJS que el suministro se realizará, dada la carencia existente, preferentemente al
personal de atención directa al público como recomiendan las autoridades
sanitarias que son los funcionarios de guardia, oficinas de atención al público
y Registros Civiles.
Efectivamente
este personal debe ser el primero en estar protegido por su contacto directo
con otras personas, pero bajo ningún concepto debe ser el único y por lo tanto
debe de dotarse a todo el personal que asiste presencialmente a los órganos
judiciales de ese material. LA CHAPUZA ES MAYÚSCULA y no vale
decir que el resto de colectivos están igual, que puede ser cierto, sino que el
planteamiento es sino puedes garantizar los medios de protección para que
incorporas más gente de la estrictamente necesaria para cubrir los
servicios esenciales -esto es, las dotaciones de las dos últimas semanas- a
los juzgados.
Volvemos a
exigir una vez más a los responsables que dejen sin efecto esta Resolución, y
se vuelva a la dotación prevista anteriormente en tanto se mantenga la vigencia
del estado de alarma y las autoridades sanitarias aconsejen el desescalamiento,
garantizando además el suministro de equipos de protección completos y
suficientes para dotar a todo el personal que deba prestar servicios presenciales .
Hemos enviado
escritos en ese sentido al Ministerio de Justicia, al TSJC y Departament de
Justicia, instando a éste último a que convoque urgentemente un Comité de Salud
Laboral para discutir las medidas de prevención previstas ante la vuelta
del personal a los juzgados, como paso previo una vez más de a denunciar
ante la Inspección de Trabajo, una vez más, las medidas
adoptadas o mejor dicho la falta de éstas. También hemos exigido que
se nos informe sobre los medios de protección que han sido suministrados y
los que esperan poner a disposición del personal, con carácter previo a ir
incorporando al personal a los órganos judiciales, instando a suspender la
actividad en los centros de trabajo concretos que no dispongan de los equipos
de protección hasta que se corrijan las deficiencias que se detecten. Asimismo,
hemos vuelto a exigir que como legales respresentantes del personal al servicio
de la Administración de Justícia se nos dé la debida participación en todas
estas cuestiones que afectan a la salud del colectivo, pues en la Comisión de
Seguimiento formada por TSJC, Secretarios Coordinadores Provinciales y
Departament de Justicia, no se nos ha incluido.
En el
siguiente enlace podeis descargar el escrito
Os seguiremos
informando.