jueves, 16 de abril de 2020


COVID-19

16 DE ABRIL 2020


TRAS LA RESOLUCIÓN DEL MINISTRO DE JUSTICIA DE 13 DE ABRIL DE 2020 POR LA QUE SE ADAPTA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA AL REAL DECRETO 487/2020, DE 10 DE ABRIL, cuya entrada en vigor  ha tenido lugar el 15 de abril, se ha producido un importante incremento del  personal que habrá de prestar el servicio de forma  presencial. 

Esta nueva resolución, como ya lo hemos expresado al Ministerio de Justicia, al TSJC y al Departament de Justícia, cuenta con nuestra total oposición ya que ha sido impuesta sin la posibilidad de negociación por parte de los sindicatos representativos y representa una cacicada más de los "responsables" de la Administración de Justicia en este país.

Consideramos que con esta Resolución se incrementa el riesgo de contagio sin justificación alguna, salvo el interés de algún lobby judicial, y más teniendo en cuenta que con el régimen de disponibilidad con el que se venía prestando el servicio durante las últimas semanas, los servicios esenciales estaban perfectamente cubiertos, máxime  cuando la realización de otros servicios no esenciales consideramos que contraviene la D.A. Segunda del R.D. de estado de Alarma. 
Los sindicatos STAJ, CSIF,CCOO y UGT consideramos que esta nueva resolución  del Ministerio de Justicia es nula y por ello hemos solicitado su inmediata retirada mediante el correspondiente recurso.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que esa nueva Resolución se dicta bajo la premisa de la garantía de la protección a la salud del personal que debe cumplir esa presencia indicando que debe haber una "provisión efectiva y coordinada de higrogeles, guantes y mascarillas  para proteger a los funcionarios, cumpliendo con los criterios de uso de las autoridades sanitarias." 

La constatación es que ha día de hoy no está garantizado el suministro de material  de protección necesario, está llegando a cuenta gotas y la distribución del mismo deja mucho que desear ya que no ha llegado a sitios como por ejemplo los juzgados de paz con funciones de Registro Civi.  aunque   Además, en base a que se hará "cumpliendo con los criterios de uso de las autoridades sanitarias", los secretarios coordinadores están informando a los LAJS que el suministro se realizará, dada la carencia existente, preferentemente al personal de atención directa al público como recomiendan las autoridades sanitarias que son los funcionarios de guardia, oficinas de atención al público y Registros Civiles.  

Efectivamente este personal debe ser el primero en estar protegido por su contacto directo con otras personas, pero bajo ningún concepto debe ser el único y por lo tanto debe de dotarse a todo el personal que asiste presencialmente a los órganos judiciales de ese material. LA CHAPUZA ES MAYÚSCULA y no vale decir que el resto de colectivos están igual, que puede ser cierto, sino que el planteamiento es sino puedes garantizar los medios de protección para que incorporas más gente de la estrictamente necesaria para cubrir los servicios esenciales -esto es, las dotaciones de las dos últimas semanas- a los juzgados.

Volvemos a exigir una vez más a los responsables que dejen sin efecto esta Resolución, y se vuelva a la dotación prevista anteriormente en tanto se mantenga la vigencia del estado de alarma y las autoridades sanitarias aconsejen el desescalamiento, garantizando además el suministro de equipos de protección completos y suficientes para dotar a todo el personal que deba prestar servicios presenciales .


Hemos enviado escritos en ese sentido al Ministerio de Justicia, al TSJC y Departament de Justicia, instando a éste último a que convoque urgentemente un Comité de Salud Laboral para discutir las medidas de prevención  previstas ante la vuelta del personal a los juzgados, como paso previo una vez más de a denunciar ante la Inspección de Trabajo, una vez más, las medidas adoptadas o mejor dicho la falta de éstas. También hemos exigido que se nos informe sobre los medios de protección que han sido suministrados y los que esperan poner a disposición del personal, con carácter previo a ir incorporando al personal a los órganos judiciales, instando a suspender la actividad en los centros de trabajo concretos que no dispongan de los equipos de protección hasta que se corrijan las deficiencias que se detecten. Asimismo, hemos vuelto a exigir que como legales respresentantes del personal al servicio de la Administración de Justícia se nos dé la debida participación en todas estas cuestiones que afectan a la salud del colectivo, pues en la Comisión de Seguimiento formada por TSJC, Secretarios Coordinadores Provinciales y Departament de Justicia, no se nos ha incluido. 

En el siguiente enlace podeis descargar el escrito


Os seguiremos informando.