El Ministerio de Justicia ha publicado en su página Web la circular 2/2020 de la secretaría general de la administración de justicia que regula las notificaciones en los expedientes judiciales durante la vigencia del estado de alarma.
La circular recomienda que se notifiquen
todas las resoluciones que se dicten, tanto en las que se dicten en procesos
declarados esenciales como las de cualquier otro proceso, pero en
los procedimientos no declarados esenciales la notificación no dará lugar al
levantamiento de los plazos suspendidos, y se harán en todo caso de
forma telemática, salvo que por circunstancias excepcionales el órgano judicial
o el destinatario del acto de comunicación no dispongan de medios materiales
para ello.