MUGEJU:
Cambio de compañía aseguradora encargada de la póliza colectiva de asistencia
sanitaria en el extranjero y ampliación del límite de cobertura de la póliza
Asistencia Sanitaria en el extranjero dentro fuera de la Unión Europea
CAMBIO DE
COMPAÑÍA ASEGURADORA ENCARGADA DE LA PÓLIZA COLECTIVA DE ASISTENCIA SANITARIA
EN EL EXTRANJERO Y AMPLIACIÓN DEL LÍMITE DE COBERTURA DE LA PÓLIZA
1. A partir
del 1 de enero de 2020 la empresa encargada de prestar asistencia sanitaria de
urgencias en los desplazamientos temporales en el extranjero es SOS COMPAÑÍA
DE SEGUROS Y REASEGUROS.
INSTRUCCIONES
EN CASO DE SINIESTRO:
•El
mutualista deberá contactar con la compañía por teléfono con llamada a cobro
revertido, al teléfono 91.572.43.43 si llama desde España o al 34.91.572.43.43 si llama
desde el extranjero, debiendo indicar:
* Nombre y
apellidos.
* Número de
póliza : 42546
* Dirección
y número de teléfono de donde se encuentra.
*
Descripción del problema que tiene planteado.
•Alternativamente,
el mutualista podrá solicitar el reembolso de los gastos dirigiéndose por
escrito a SOS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. c/ Ribera del Loira, 4-6, 28042
MADRID, aportando los siguientes documentos:
*
Originales de las facturas o comprobantes de los gastos reclamados.
* Informe
médico en el que se haga constar el diagnóstico de la enfermedad y en su caso
la necesidad de ser repatriado.
* Certificado
de defunción y documentación que acredite el grado
de parentesco con el
finado para los casos de repatriación por fallecimiento de u familiar.
2. A partir del 1 de enero de 2020 la póliza de asistencia sanitaria para
desplazamientos temporales en el extranjero INCREMENTA
DE COBERTURA HASTA UN LÍMITE DE 30.000 EUROS POR DESPLAZAMIENTO.
Asistencia Sanitaria en el extranjero dentro de la Unión Europea
Resolución
de 18 de abril de 2016 que se regula la asistencia sanitaria fuera del territorio
nacional. BOE
Asistencia sanitaria fuera del territorio nacional a través de tarjeta
sanitaria europea (TSE):
En los desplazamientos temporales a países de la Unión
Europea, Espacio económico europeo (Islandia; Liechtenstein y Noruega) y Suiza,
los mutualistas y beneficiarios pueden hacer uso de la tarjeta sanitaria
europea (TSE) o del certificado provisional sustitutorio (CPS), que acredita el
derecho a recibir prestaciones sanitarias a través de los sistemas de sanidad
pública.
Asistencia sanitaria fuera del territorio nacional. Supuestos y contenido: