NOTA INFORMATIVA del Ministerio en
relación a la Convocatoria del proceso selectivo
AQUELLAS PERSONAS QUE NO DISPONGAN DE D.N.I.,
ELECTRONICO O SE HAYA DESACTIVADO SU FUNCIONALIDAD (NÚMERO DE SOPORTE POSTERIOR
AL ASG 160.000 EXPEDIDOS A PARTIR DE ABRIL DE 2015) DE CONFORMIDAD CON LO
PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB DE LA POLICIA NACIONAL EN RELACIÓN AL DNI
ELECTRÓNICO, PODRÁN ELEGIR COMO MÉTODO DE IDENTIFICACIÓN OTROS CERTIFICADOS DIGITALES
VÁLIDOS, LA CL@VE PIN O CL@VE PERMANENTE PARA
REALIZAR LA INSCRIPCIÓN ONLINE
Para
participar en este proceso selectivo se deberá cumplimentar el modelo oficial
de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia
(modelo 790-código 007 en cuya parte superior figura “Solicitud de admisión a
pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de
derechos de examen”), que estará disponible en la plataforma digital
Inscripción de Pruebas Selectivas (IPS) INSCRIPCIÓN DE PRUEBAS SELECTIVAS .
La
presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado,
con independencia de que la convocatoria y, por lo tanto, la solicitud puedan
seguir operativas algún día más en IPS. La no presentación de ésta en tiempo y
forma supondrá la exclusión del aspirante.
De
acuerdo con lo establecido en la base 5.3 de la convocatoria, la inscripción
deberá realizarse vía telemática, accediendo a “Realice su inscripción on line.
Acceder a Cl@ve”, por uno de los siguientes medios:
-Cl@ve
PIN
-Cl@ve
permanente
Cumplimentada
la solicitud se procederá al pago electrónico y registro, según las
instrucciones que se indican.
Como
resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del
registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante
de haberlo realizado correctamente.
La
constancia del correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante
de registro.
En
caso de que no se pueda realizar el pago por no disponer de cuenta en
cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas a la pasarela de pago de la
Agencia Tributaria, se podrá realizar la presentación y pago en papel
conforme a lo establecido en la base novena de las bases comunes, debiendo
cumplimentarse el Anexo IV.
Excepcionalmente,
también, se admitirá la presentación y pago en papel, cuando se produzcan
incidencias técnicas en IPS que imposibiliten la tramitación telemática de la
solicitud, lo que habrá que acreditar documentalmente.
CUMPLIMENTACION
INSTANCIAS:
Casilla
16 Especialidad: No cumplimentar.
Casilla
24: se seleccionará del desplegable el título que se posea conforme a lo
previsto en la convocatoria. En caso de no constar en el desplegable dicha
titulación se seleccionará el guión que aparece en primer lugar (-), y en
la siguiente casilla se consignará la titulación requerida que se posee.